Violencia contra periodistas y personas defensoras
10 Recomendaciones
Otorgar una particular atención a las desapariciones forzadas de las mujeres, los migrantes, los defensores de derechos humanos y los periodistas. Se requiere adoptar criterios diferenciales para el análisis de estos grupos de víctimas de desaparición forzada.
Órgano
Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (CIDH)
Año
2015
Adoptar las medidas apropiadas para combatir la violencia y el acoso contra periodistas y defensores de los derechos humanos (Francia).
Órgano
Consejo de Derechos Humanos
Año
2013
Adoptar medidas eficaces para prevenir todo tipo de violencia contra periodistas o defensores de los derechos humanos (República de Corea).
Órgano
Consejo de Derechos Humanos
Año
2013
Aplicar de forma plena y efectiva las leyes aprobadas recientemente para poner término a las amenazas, los ataques y los asesinatos perpetrados contra periodistas y defensores de los derechos humanos, y garantizar una investigación pronta y eficaz para enjuiciar a los responsables (Lituania).
Órgano
Consejo de Derechos Humanos
Año
2013
Poner término a las amenazas, los ataques y las muertes que se han perpetrado contra periodistas permitiendo que se realicen investigaciones exhaustivas e imparciales (Bélgica).
Órgano
Consejo de Derechos Humanos
Año
2013
[El Comité urge al Estado parte a:] Tomar las medidas necesarias para garantizar la seguridad e integridad física de defensores de derechos humanos y periodistas frente a la intimidación y violencia a la que podrían exponerles sus actividades.
Órgano
Comité Contra la Tortura
Año
2012
[El Comité urge al Estado parte a:]Adoptar medidas para investigar sin demora, exhaustivamente y de modo eficaz todos los actos de intimidación y violencia contra defensores de derechos humanos y periodistas, y para enjuiciar y castigar a los responsables con sanciones acordes con la gravedad de sus actos.
Órgano
Comité Contra la Tortura
Año
2012
Adoptar medidas más eficaces para combatir la violencia contra los periodistas y el personal de los medios de comunicación (Reino Unido); proporcionar a estas personas mayores garantías (Perú), y velar por su seguridad (Bangladesh, Dinamarca, Perú) en el desempeño de sus deberes profesionales (Bangladesh), en particular de los que investigan y denuncian casos de tráfico de drogas y corrupción (Perú);
Órgano
Consejo de Derechos Humanos
Año
2009
Arbitrar medidas estructurales para combatir sistemáticamente la violencia y la violación de los derechos fundamentales que sufren las mujeres y los defensores de los derechos humanos (Bélgica);
Órgano
Consejo de Derechos Humanos
Año
2009
También con respecto al problema del temor y las amenazas, prestar atención prioritaria a fin de garantizar medidas de seguridad para las mujeres víctimas de actos o amenazas de violencia, familiares, defensores de derechos humanos, testigos o periodistas en situaciones de riesgo; para brindar protección a esas personas en su derecho a la seguridad personal; para que quienes se presentan a exigir aclaración de esos delitos o a proporcionar información no sean intimidados y puedan continuar tales esfuerzos.
Órgano
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Año
2003
Criminalización, estigmatización y represalias
10 Recomendaciones
[El Comité reitera su recomendación (CED/C/MEX/CO/1, párrafo 31) y recomienda al Estado parte:] Tomar medidas adecuadas, incluyendo campañas de sensibilización, para prevenir y sancionar las acciones que criminalizan, intimidan o estigmatizan a las personas desaparecidas, sus familiares o las personas defensoras de derechos humanos que las acompañan.
Órgano
Comité contra las Desapariciones Forzadas
Año
2018
[El Comité reitera su recomendación (CED/C/MEX/CO/1, párrafo 31) y recomienda al Estado parte:] Investigar y sancionar los casos de agresión en contra de supervivientes de desaparición, familias de personas desaparecidas, testigos, personas defensoras de derechos humanos, periodistas, peritos y servidores públicos que trabajan en el ámbito de las desapariciones.
Órgano
Comité contra las Desapariciones Forzadas
Año
2018
El Comité recuerda asimismo que es arbitraria la detención o la reclusión como castigo por el ejercicio legítimo de los derechos garantizados en el Pacto, como la libertad de opinión y de expresión
Órgano
Comité de Derechos Humanos
Año
2018
[Los Relatores Especiales instan a las autoridades relevantes a hacer lo siguiente:] (b) Derogar la Ley sobre Delitos de Imprenta de 1917 y reformar los códigos penales de las entidades federativas a fin de eliminar delitos que se apliquen para criminalizar la libertad de expresión, y abstenerse de usar otras disposiciones del derecho penal para castigar el ejercicio legítimo de la libertad de expresión. En forma simultánea, reformar los códigos civiles de las entidades federativas para garantizar la protección del honor a través de procedimientos civiles, estipulando límites y criterios para las sanciones, conforme a los estándares internacionales. El rol de la SEGOB y el Mecanismo debería ser clave en este sentido.
Órgano
Relatoría Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión (ONU)
Año
2018
Asegurar muy especialmente que todos los agentes estatales se abstengan de realizar declaraciones públicas que pudieran descalificar, estigmatizar o poner en riesgo a los allegados de personas desaparecidas o a los defensores de derechos humanos que trabajan para combatir las desapariciones forzadas y asistir a las víctimas.
Órgano
Comité contra las Desapariciones Forzadas
Año
2018
Abstenerse de emitir cualquier declaración incriminatoria, denigrante o descalificatoria contra las víctimas de violaciones de derechos humanos, las organizaciones acompañantes o sus representantes y, en general, contra cualquier persona que promueva la erradicación de la tortura en México; así como contra funcionarios públicos que, cumpliendo con su deber, hayan participado en las investigaciones de las violaciones de derechos humanos ocurridas en el caso Ayotzinapa.
Órgano
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Año
2018
México debe hacer mejores esfuerzos para que la tortura, las desapariciones forzadas, la persecución a víctimas y defensores de derechos humanos y la impunidad dejen de formar parte de la cotidianeidad. Por ello, se alienta al Estado a dar cumplimiento a todas las recomendaciones formuladas en el informe de misión.
Órgano
Relatoría Especial sobre la Cuestión de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (ONU)
Año
2017
[La impunidad de la tortura y el maltrato es aliciente para su repetición y agravamiento. Para combatirla, además de las recomendaciones antes mencionadas, la Relatoría Especial recomienda:] Tomar todas las medidas necesarias para prevenir y castigar severamente toda represalia contra víctimas que denuncien torturas o malos tratos, sus familiares, representantes y defensores de derechos humanos.
Órgano
Relatoría Especial sobre la Cuestión de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (ONU)
Año
2014
El poder judicial federal y estatal y el sistema nacional de ombudsman deben velar por que la legislación y la justicia no sean utilizadas por intereses caciquiles y autoridades locales para criminalizar o penalizar la legítima protesta o disidencia social.
Órgano
Relatoría Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Indígenas (ONU)
Año
2003
Que ofrezca todas las garantías para que los defensores de derechos humanos, tanto mexicanos como extranjeros, puedan llevar a cabo su importante labor de promoción y defensa de dichos derechos, sin interferencias abusivas de parte de las autoridades; en particular, que revise las denuncias de expulsiones arbitrarias en los casos de extranjeros que residen legalmente en el territorio mexicano, a fin de adecuar tales decisiones estrictamente a las normas del debido proceso previstas en la legislación interna y en los instrumentos internacionales vigentes.
Órgano
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Año
1998
Eliminación de delitos contra el honor y acoso judicial
11 Recomendaciones
El Estado parte también tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro, garantizando que todos los periodistas y defensores de derechos humanos puedan ejercer su derecho a la libertad de expresión en sus actividades, incluido mediante la despenalización de los delitos de difamación y calumnia en todos los estados federados
Órgano
Comité de Derechos Humanos
Año
2018
los Estados partes deberían considerar la posibilidad de despenalizar la difamación y, en todo caso, la normativa penal solo debería aplicarse en los casos más graves, y la pena de prisión no es nunca adecuada. Si la difamación no debería nunca conllevar una pena de privación de libertad como castigo adecuado, a fortiori toda detención con base a cargos de difamación nunca puede considerarse una medida necesaria ni proporcional.
Órgano
Comité de Derechos Humanos
Año
2018
Asegurarse que el ejercicio de la radiodifusión comunitaria no sea objeto de persecución penal.
Órgano
Relatoría Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión (ONU)
Año
2011
Derogar la Ley Sobre Delitos de Imprenta de 1917.
Órgano
Relatoría Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión (ONU)
Año
2011
Derogar los tipos penales que criminalizan la expresión en los códigos penales estatales, así como no recurrir a otras figuras penales para reprimir el ejercicio legítimo de la libertad de expresión.
Órgano
Relatoría Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión (ONU)
Año
2011
Garantizar que las y los periodistas no sean sometidos a acoso judicial u otro tipo de hostigamiento jurídico como represalia por su trabajo, estableciéndose estándares diferenciados para evaluar la responsabilidad civil ulterior e incluyendo el estándar de la real malicia y la estricta proporcionalidad y razonabilidad de las sanciones ulteriores.
Órgano
Relatoría Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión (ONU)
Año
2011
[Por lo anterior, la Relatoría recomienda particularmente:] Derogar los tipos penales que criminalizan la expresión, entre ellos los contenidos en la Ley sobre Delitos de Imprenta de 1917 y en los códigos penales estatales, así como abstenerse de recurrir a otras figuras penales para reprimir el ejercicio legítimo de la libertad de expresión.
Órgano
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Año
2011
[Por lo anterior, la Relatoría recomienda particularmente:] Garantizar que las y los periodistas no sean sometidos a acoso judicial u otro tipo de hostigamiento jurídico como represalia por su trabajo, estableciendo estándares diferenciados para evaluar la responsabilidad civil ulterior, incluyendo el estándar de la real malicia y la estricta proporcionalidad y razonabilidad de las sanciones ulteriores.
Órgano
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Año
2011
Tomar medidas para despenalizar la difamación en todos los estados.
Órgano
Comité de Derechos Humanos
Año
2010
Revisar y reformar aquellos tipos penales que debido a su formulación abierta pueden llegar a ser aplicados de manera expansiva en contra de las y los defensores.
Órgano
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Año
2009
Debe garantizarse a los periodistas la libertad de expresión establecida en el artículo 19 y otras normas concordantes del Pacto con el fin de que ellos puedan desarrollar sus actividades sin ningún impedimento. Asimismo, debe derogarse la figura penal de la “difamación al Estado”.
Órgano
Comité de Derechos Humanos
Año
1999