Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas
4 Recomendaciones
Aplicar íntegramente la ley de 2012 que protege a los defensores de los derechos humanos y los periodistas y adoptar medidas contra la impunidad (Finlandia);
Órgano
Consejo de Derechos Humanos
Año
2018
Garantice la implementación de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas;
Órgano
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Año
2018
Garantice la rápida aplicación de la Ley de protección de los periodistas y los defensores de los derechos humanos de 2012 en los planos federal y estatal a fin de garantizar la vida, la libertad y la integridad de las periodistas y las defensoras de los derechos humanos, y vele por que no sean objeto de ningún tipo de violencia;
Órgano
Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer
Año
2012
El Comité recomienda que el Estado parte investigue y sancione a los responsables de dichos homicidios. Asimismo, el Comité exhorta al Estado parte a que acelere el proceso de adopción de legislación específica que garantice la protección de los defensores de los derechos humanos, incluyendo los defensores de los derechos de los pueblos indígenas, y que tome las medidas oportunas para prevenir dichos actos, incluyendo el mecanismo especial para la protección de defensores de los derechos humanos tomando en cuenta la Declaración de la Asamblea general de la ONU dedicada a los defensores de los derechos humanos y las recomendaciones emitidas por la relatoría sobre defensores de los derechos humanos.
Órgano
Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial
Año
2012
Otra legislación
9 Recomendaciones
[Los Relatores Especiales instan a las autoridades relevantes a hacer lo siguiente:]
(a) Derogar el texto actual de la Ley de Seguridad Interior y, en cambio, iniciar un diálogo abierto y exhaustivo sobre el modelo de seguridad que necesita el país, reivindicando el rol de las agencias de seguridad civiles en el manejo de los problemas de seguridad pública. No deberían adoptarse leyes que menoscaben los poderes conferidos a las autoridades de acceso a la información o los estándares vinculados con el acceso a información sobre graves violaciones de derechos humanos.
Órgano
Relatoría Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión (ONU)
Año
2018
[Los Relatores Especiales instan a las autoridades relevantes a hacer lo siguiente:]
(c) Adoptar leyes para proteger a las fuentes y a quienes denuncian irregularidades. Incluir a la sociedad civil en el proceso y tomar en cuenta los informes de los Relatores Especiales sobre el tema.
Órgano
Relatoría Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión (ONU)
Año
2018
[Los Relatores Especiales instan a las autoridades a adoptar las siguientes medidas:]
(b) Establecer un marco legal para proteger a personas de intromisiones arbitrarias o clandestinas en su privacidad, incluida la protección de las fuentes periodísticas conforme a los estándares internacionales sobre la materia. Se deben establecer garantías y medidas de supervisión judicial de los organismos estatales implicados en vigilancia, dentro de los límites permisibles en una sociedad democrática. México debería considerar la posibilidad de crear un órgano independiente para supervisar de manera eficaz las tareas de vigilancia del Estado.
Órgano
Relatoría Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión (ONU)
Año
2018
Introducir disposiciones jurídicas que garanticen efectivamente la seguridad de los defensores de los derechos humanos (Polonia).
Órgano
Consejo de Derechos Humanos
Año
2013
El Estado parte debería acelerar la aprobación y entrada en vigor de las reformas constitucionales en materia de derechos humanos y amparo, y emitir la legislación secundaria correspondiente a la brevedad posible a afecto de respetar y garantizar plenamente el derecho a la libertad de expresión.
Órgano
Relatoría Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión (ONU)
Año
2011
Con relación al marco jurídico que regula la labor de las y los defensores, es necesario seguir tomando medidas para incorporar plenamente la Declaración sobre defensores de derechos humanos en la legislación federal y estatal. Para ello, la Subcomisión de armonización legislativa de la CPGMD podría servir como marco para la conformación de un grupo de trabajo en el que las autoridades, las organizaciones de la sociedad civil y la OACNUDH evalúen la pertinencia de una legislación especializada y determinen los elementos que ésta debería contener. En particular, se recomienda también que el referido grupo de trabajo pueda revisar la legislación actual
Órgano
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Año
2009
Crear un mecanismo de seguimiento y evaluación de los procesos iniciados para la armonización de la legislación nacional y estatal con los instrumentos internacionales de derechos humanos, del cual rinda cuenta el propio Poder Legislativo, y en el que se incluya la participación de las organizaciones de la sociedad civil especializadas en el tema.
Órgano
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Año
2007
[Poner fin a la impunidad respecto de la violencia contra la mujer llevando a cabo reformas de la legislación, los procedimientos de investigación y el sector judicial:] Promulgar en todos los Estados y a escala federal leyes específicas para prevenir los actos de violencia contra la mujer y responder a ellos.
Órgano
Relatora Especial sobre la Violencia contra la Mujer, sus Causas y Consecuencias (ONU)
Año
2006
Que promueva la revisión de la legislación reglamentaria de los artículos 6 y 7 de la Constitución mexicana, en una forma abierta y democrática, a fin de que las garantías consagradas en los mismos tengan vigencia efectiva, acorde con el derecho a la libertad de pensamiento y expresión, consagrado por la Convención Americana.
Órgano
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Año
1998