Convenciones internacionales de derechos humanos instan a prohibir el castigo corporal y humillante contra niñas, niños y adolescentes: Agencias de la ONU en México
Ciudad de México, a 21 de octubre de 2020 – Compromisos internacionales asumidos por el Estado Mexicano en materia de derechos humanos instan a las autoridades a adecuar sus marcos normativos para prohibir el castigo corporal y humillante contra niñas, niños y adolescentes, señalan las Representaciones en México de la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU Mujeres), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH).
Con miras a fortalecer la protección de niñas, niños y adolescentes contra la violencia en México, la Cámara de Diputados cuenta con la oportunidad de reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Civil Federal, a fin de prohibir el castigo corporal y humillante como método de crianza.
La violencia contra la infancia y adolescencia es una violación a sus derechos humanos, pero sigue siendo ampliamente ejercida y aceptada, ya que 6 de cada 10 niñas, niños y adolescentes de 1 a 14 años en México han experimentado algún método de disciplina violenta en sus hogares (ENIM 2015), con graves secuelas para su desarrollo.
Las niñas y niños expuestos a castigo corporal severo tienen 2.4 veces menos probabilidades de alcanzar un desarrollo adecuado en la primera infancia, mientras que la exposición a la disciplina violenta aumenta 1.6 veces el riesgo de que una niña o un niño sea agresivo (Disciplina violenta en América Latina y el Caribe. Un análisis estadístico; UNICEF, 2018).
Además, las niñas, niños y adolescentes que sufren constantemente violencia en el seno familiar tienen mayor probabilidad de abandonar su hogar, verse orillados a situaciones de extrema precariedad y vulnerabilidad, vivir en situación de calle, ser institucionalizados y, en general, enfrentar un mayor riesgo de abuso y explotación, incluida la vinculación con grupos u organizaciones criminales, y de entrar, como resultado, en contacto con la justicia juvenil (Violencia, Niñez y Crimen Organizado; Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2015).
Las observaciones formuladas a México por el Comité de los Derechos del Niño de la ONU señalaron que toda forma de violencia contra niñas, niños y adolescentes, incluido el castigo corporal, es injustificada y perjudicial, no sólo por el daño infligido, sino porque menoscaba sus derechos y desarrollo. Al mismo tiempo, el Comité manifestó preocupación por la elevada incidencia de castigos corporales infligidos a niñas y niños, violencia doméstica y violencia de género, así como por la falta de acceso a la justicia, por lo que recomendó al Estado mexicano prohibir expresamente los castigos corporales y humillantes en todos los entornos, en el nivel federal como estatal, y derogar de los códigos civiles federales y estatales el “derecho a corregir”.
De igual forma, en julio de 2018, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), mostró preocupación tanto por la persistencia en México de patrones de uso generalizado de la violencia por razón de género contra mujeres y niñas, incluida la violencia física, como por el aumento de la violencia doméstica.
Las Agencias firmantes reconocemos los esfuerzos de los y las legisladoras para avanzar en la agenda de derechos de las niñas, niños y adolescentes, y subrayamos que, de ser aprobada la prohibición del castigo corporal y humillante, la normatividad mexicana daría un importante paso en el cumplimiento de las normas de derechos humanos que establecen la Constitución Política Mexicana y los tratados internacionales que protegen la integridad de todas las personas sin excepción alguna. Asimismo, reconocemos que todos los esfuerzos orientados a la eliminación de cualquier forma de violencia contra personas menores de 18 años, es fundamental para la transformación de nuestra sociedad en una más justa, pacífica e igualitaria.
Confiamos en que, como ha sido demostrado en otras ocasiones, esta Cámara servirá de referente en materia de derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes como una prioridad en su actuar y que, en consecuencia, servirá de referente para que los congresos de las entidades federativas impulsen reformas a sus respectivos códigos civiles y leyes de derechos de la infancia para prohibir en definitiva el castigo corporal y humillante a niñas, niños y adolescentes en todo el país. Con ello, México se sumaría a los 60 países que ya han impedido legalmente que el castigo corporal siga cimentando las bases que legitiman la violencia en la sociedad.
Las Agencias de la ONU firmantes confían en que las y los legisladores mexicanos asumirán el compromiso necesario por la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, y reiteran su ofrecimiento de asesoría y cooperación técnica para contribuir con el análisis y aprobación de las reformas para prohibir el castigo corporal y humillante.
Para acceder a las Observaciones del Comité de Derechos del Niño, de donde se desprenden recomendaciones sobre el derecho de niñas, niños y adolescentes a la protección contra la violencia, ingresa a: https://www.hchr.org.mx/https://hchr.org.mx/wp/wp-content/themes/hchr/images/doc_pub/CRC_C_MEX_CO_4-5.pdf
Fin