Celebremos el Día de Mandela adoptando un piso mínimo de derechos humanos para los millones de personas detenidas

Ginebra / Kampala / Estrasburgo / Washington D.C., 15 de julio de 2016. – Con motivo del Día Internacional de Nelson Mandela, un grupo de expertos en derechos humanos con competencia en materia de detención saluda la aprobación de las Reglas Mandela, versión revisada de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, adoptadas el 17 de diciembre de 2015.

Juan Méndez, Relator Especial sobre la Tortura de la ONU; Med Kaggwa, Relator Especial sobre Prisiones, Condiciones de Detención y Vigilancia Policial en África; James Cavallaro, Presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Relator sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad, y Nils Muižnieks,Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, celebraron la adopción de dichas Reglas, considerándolas como un paso histórico y uno de los logros más significativos en el campo de los derechos humanos de los últimos años.

Esta adopción completó un proceso de cuatro años de negociaciones en torno a la revisión de los Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos de las Naciones Unidas de 1955.

La Asamblea General de las Naciones Unidas decidió que la citada normativa debería conocerse bajo el nombre de “Reglas Mandela”, para honrar el legado del difunto presidente de Sudáfrica. También estableció que el Día Internacional de Nelson Mandela, que se observa el 18 de julio de cada año, debería utilizarse para promover condiciones humanas de encarcelamiento.

“Las Reglas revisadas representan un estándar mínimo, universalmente aceptado, respecto del tratamiento de los reclusos, las condiciones de detención y la gestión carcelaria, y ofrecen una guía práctica fundamental para las administraciones penitenciarias,” señalaron los expertos. “La implementación de las Reglas en las cárceles de todo el mundo mejoraría significativamente el trato de millones de detenidos. Al mismo tiempo, constituyen una guía útil para ayudar al personal carcelario a realizar su importante y difícil labor de un modo profesional y eficaz, beneficiando a la sociedad en su conjunto. Dar pasos rápidos y decisivos hacia su implementación sería rendir un auténtico homenaje al legado del gran estadista y líder inspirador, Nelson Mandela, quien pasó 27 años en prisión.”

“Las condiciones inhumanas en las cárceles son una de las principales preocupaciones en materia de derechos humanos, también en Europa. Las Reglas revisadas constituyen un paso adelante deseable porque son una herramienta adicional disponible para los Estados, con miras a transformar las cárceles de meros lugares de castigo en espacios de rehabilitación”, dijo Nils Muižnieks, Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa. “Es crucial que los gobiernos acaten estas reglas, así como otros estándares regionales, implementando, a su vez, medidas para reducir la sobrepoblación, como podrían ser las distintas alternativas al encarcelamiento. Esto facilitará la administración penitenciaria, de conformidad con las obligaciones que competen a los Estados con respecto a los reclusos que tienen a su cuidado. Tiene que haber una vida después de la cárcel: la mejora de las condiciones de detención puede suponer mejores posibilidades de reinserción en la sociedad.”

James Cavallaro, Relator sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad de la CIDH, también enfatizó la importancia de las alternativas al encarcelamiento, así como de los programas de rehabilitación y reinserción social. En relación con las Reglas Mandela, sostuvo: “Estas Reglas representan un avance fundamental para la protección de grupos en situación de vulnerabilidad, en particular, las personas con discapacidad privadas de libertad. En ese sentido, entre otras disposiciones, las Reglas requieren que las autoridades penitenciarias garanticen ajustes razonables para asegurar que los reclusos con discapacidad tengan acceso eficaz a recursos y condiciones dignas de detención”. En general, las disposiciones relativas a ajustes razonables tienen mayor detalle que los estándares actualmente vigentes en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

Por su parte, el Relator Especial sobre Prisiones, Condiciones de Detención y Vigilancia Policial en África, Med Kaggwa, también saludó la adopción de las Reglas Mandela y apuntó a la reciente resolución de la Comisión Africana, la cual establece un comité de seguimiento para desarrollar estrategias de cara a su promoción e implementación. “Confío en que las Reglas Mandela inspiren a las autoridades penitenciarias de todo el mundo para que revisen y actualicen sus sistemas. La revisión es también crucial para monitorear organismos como mi relatoría, a fin de evaluar las condiciones carcelarias frente a una serie de estándares actualizados. La dignidad inherente de los reclusos y su valor como seres humanos han sido naturalizados por medio de las Reglas revisadas, lo cual constituye la esencia misma de Nelson Mandela.”

Los cuatro especialistas elogiaron el carácter inclusivo del proceso de revisión, el cual contó con la participación de representantes de organizaciones intergubernamentales, de la sociedad civil y el sector académico. Afirmaron que el constructivo espíritu de cooperación desplegado por los Estados miembro al adoptar estas Reglas ahora deberá prolongarse en su efectiva implementación en la legislación y práctica nacionales.

Por último, saludaron los esfuerzos de la sociedad civil para promover las Reglas, recopilar directivas en torno a su aplicación y apoyar a los Estados para que inicien el proceso de implementación.

Fin

Contactos prensa:

Para el Relator Especial sobre la Tortura de la ONU, por favor contactar a: Andrea Furger (+41 22 928 93 98 / [email protected]) o a Andra Nicolescu (+1 202 997 5190 [email protected], o bien escribir a [email protected].
Para el Relator Especial sobre Prisiones, Condiciones de Detención y Vigilancia Policial en África, por favor contactar a: Med Kaggwa ([email protected] / [email protected])
Para el Relator sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por favor contactar a: María Isabel Rivero (+1 202 370 9001 / [email protected])
Para el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, por favor contactar a la Srta. Danara Dourdoussova (+33 (0)3 90 21 42 53 / [email protected])

Traducción de la CIDH