ONU-DH: a cuatro años de su vigencia formal, la Ley General sobre Desaparición de personas aún presenta retos significativos para su plena y efectiva implementación

Ciudad de México, 16 de enero de 2022- A cuatro años de la entrada en vigor de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas (la Ley General), la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) observa que, pese a los destacables esfuerzos de algunos actores institucionales, la gravedad del fenómeno de desaparición de personas persiste y continúa atormentando a miles de familias en México.

Impulsada por familiares y colectivos de víctimas, y con el acompañamiento de organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales, la Ley General se adoptó con el objetivo de articular una respuesta gubernamental integral y coordinada en las acciones de investigación, búsqueda y reparación a las víctimas. Cuatro años después, los retos siguen siendo enormes para atender los más de 96 mil casos de personas oficialmente reconocidas como desaparecidas, así como las más de 52 mil personas cuyos restos permanecen sin identificar en los servicios forenses y panteones públicos.

La ONU-DH observa avances en la implementación de algunos aspectos de la Ley General relacionados, entre otros, con una mayor apropiación del tema por parte de ciertas autoridades, la aprobación en el nivel nacional de importantes herramientas para la búsqueda, la expedición de marcos regulatorios en determinadas entidades federativas y la creación de todas las comisiones de búsqueda. No obstante, aún quedan importantes aspectos rezagados que urge atender.

Por una parte, la ONU-DH ve con preocupación los intentos de desvinculación y falta de colaboración por parte de la mayoría de las fiscalías en la responsabilidad estatal de buscar a las personas desaparecidas. De igual forma, llama la atención que aún no se hayan creado el Banco Nacional de Datos Forenses, el Registro Nacional de Personas Fallecidas no Identificadas y no Reclamadas, y el Registro Nacional de Fosas, ni que tampoco se haya emitido el Programa Nacional de Exhumaciones, previstos desde la expedición de la Ley General. Adicionalmente, como afirmó el Comité de la ONU contra la Desaparición Forzada al término de su visita al país, en noviembre de 2021, “la impunidad es casi absoluta”, lo que favorece la reiteración de estos graves delitos. Por lo anterior, la ONU-DH destaca la importancia y hace un firme llamado a todas las fiscalías del país a cumplir plenamente con todas las obligaciones de su competencia establecidas en la Ley General.

Por otra parte, no obstante el carácter “general” de la Ley, esto es, su obligatoriedad para las autoridades de todos órdenes de gobierno y en todo el territorio nacional, la mayoría de entidades federativas aún carecen de una política pública en materia de desaparición de personas e incluso algunas no han armonizado sus marcos legislativos con los contenidos de la Ley General ni han dotado a sus comisiones estatales de búsqueda de los recursos mínimos indispensables para cumplir con su importante labor.

Estas omisiones, incumplimientos y retrasos de los actores estatales repercuten negativamente en los derechos de las víctimas, en quienes sigue recayendo indebidamente, en ocasiones a costa de grandes riesgos, la carga de buscar a sus familiares e incidir en el aparato de procuración de justicia para que cumpla con identificar y sancionar a los responsables.

Sólo con la debida y cabal implementación de la Ley General, sumado a otros esfuerzos y acciones tangibles que fortalezcan las estructuras institucionales, normativas y de política pública, es que México estará en capacidad de avanzar hacia la erradicación de la desaparición de personas y la atención de los derechos de las víctimas, una de las problemáticas más complejas y lacerantes que enfrenta el país en materia de derechos humanos.

La ONU-DH reitera su disposición de seguir brindando asesoría y cooperación técnica a las autoridades y de continuar acompañando a las víctimas en la implementación efectiva de los contenidos de la Ley General, que constituye una loable conquista de las familias en su legítima aspiración por poner fin a la desaparición de personas en México, encontrar a sus familiares, que la justicia sancione a los responsables, obtener una reparación integral, mantener viva la memoria y garantizar la no repetición de estos graves crímenes.

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