Intervención de Guillermo Fernández-Maldonado en la audiencia CIDH “Protección de los derechos humanos de las personas defensoras y comunicadoras en México”

(1 de julio de 2021) Mi asistencia a la audiencia pública del 180° período de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, denominada Protección de los derechos humanos de las personas defensoras y comunicadoras en México, es en mi calidad de Representante de la Oficina en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Estoy aquí para proporcionar información de forma oral e informal, sin estar bajo juramento, sobre la situación de derechos humanos de las personas defensoras de derechos humanos y comunicadoras en México.  Nada en mis comentarios debe entenderse como una renuncia, expresa o implícita, de los privilegios e inmunidades en virtud de la Convención de 1946 sobre los Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas.

Esta participación es otra muestra de la colaboración entre la Oficina de la Alta Comisionada y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el marco del Mecanismo de Acciones Conjuntas para Contribuir a la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos en América[1], así como de la mutua colaboración en materia de libertad de expresión.

La sociedad civil ha expuesto y el Estado mexicano reconocido la difícil situación que enfrentan las personas defensoras de derechos humanos y periodistas. Las relatorías de la ONU han señalado que México es uno de los países más peligrosos para las personas defensoras y periodistas[2]. Como señalaron la Alta Comisionada[3] y diversos Procedimientos Especiales[4], la preocupante violencia en el reciente proceso electoral impacta negativamente en el derecho de asociación y la posibilidad de participar en los asuntos públicos.

Algunos aspectos que contribuyen a esto son los siguientes:

  • La impunidad en la mayoría de los crímenes contra personas defensoras y periodistas.
  • Ataques, agresiones y declaraciones estigmatizantes por funcionarios públicos.
  • La represión de manifestaciones, en particular por autoridades de entidades federativas y municipales. En el último año preocupa especialmente la represión de manifestaciones de mujeres.
  • El riesgo específico para quienes defienden el medio ambiente, buscan a sus familiares desaparecidos, defienden a la comunidad LGBTI o denuncian actos de corrupción.
  • Los obstáculos el riesgo agravado, incluido de violencia sexual, para mujeres defensoras y periodistas, por la cultura patriarcal dominante y los estereotipos de género.
  • La falta de proactividad de diversas autoridades en el ejercicio de sus funciones, que sitúa a las personas defensoras en gran riesgo al realizar las acciones que las instituciones omiten.

Algunas medidas que pueden contribuir a cambiar esta situación son:

  • Fortalecer el Mecanismo de Protección.
  • Desarrollar una política pública integral y nacional para generar condiciones para ejercer de manera libre y segura el derecho a defender derechos humanos y la libertad de expresión.
  • Realizar investigaciones efectivas, con perspectiva de género y multicultural, para poner fin a la impunidad de los ataques contra personas defensoras y periodistas, especialmente asesinatos y desapariciones. Estas investigaciones deben considerar la posible vinculación con la labor de defensa o periodística.
  • Eliminar los delitos contra el honor, como ha señalado el Comité de Derechos Humanos[5], y revisar otros tipos penales instrumentalizados para criminalizar la defensa de derechos humanos y la libertad de expresión.
  • Reformar las leyes para evitar el uso de demandas civiles para coartar la libertad de expresión.
  • Proteger a quienes denuncian violaciones de derechos humanos, corrupción u otras informaciones de interés público.
  • Sancionar a funcionarios públicos implicados en agresiones.
  • Garantizar que los funcionarios públicos se abstengan de realizar declaraciones estigmatizantes contra personas defensoras y periodistas, y reconozcan la importancia de su labor para una sociedad democrática.
  • Garantizar que todas las autoridades, especialmente municipales y estatales, conozcan y cumplan sus obligaciones de derechos humanos.
  • Garantizar que las instituciones encargadas de la protección del ambiente, la búsqueda de personas desaparecidas, la transparencia, la procuración y administración de justicia, entre otras, cumplen eficazmente sus funciones, como una manera de proteger derechos humanos, pero también de proteger a las personas defensoras de derechos humanos.

El Acuerdo de Escazú[6], primer tratado que protege expresamente a las personas defensoras de derechos humanos, en particular a defensoras ambientales, que fortalece el acceso a la información y la justiciabilidad en materia ambiental, y en cuya entrada en vigor México jugó un importante papel, ofrece una oportunidad para afrontar cambios estructurales que contribuyan a generar un ambiente propicio para la libre acción de las personas defensoras y periodistas.

Fin

[6]

[6] Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe. Disponible en https://www.cepal.org/es/acuerdodeescazu