ACNUR y ONU-DH saludan importante sentencia en favor de la libertad de persona solicitante de asilo en México

Ciudad de México, 09 de mayo de 2017.– Las Oficinas en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) celebran la sentencia emitida por el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en la Ciudad de México, el 17 de abril de 2017, en el marco de un amparo presentado por una persona solicitante del reconocimiento de la condición de refugiado, que había permanecido privada de la libertad por más de 250 días mientras su solicitud de asilo era analizada.

La sentencia establece que la privación de la libertad debe ser una medida excepcional. Ello implica que una persona solicitante de asilo sujeta a detención, pueda continuar los trámites de solicitud fuera de un régimen de privación de libertad. En ese sentido, la sentencia refuerza que la detención debe ser utilizada como un último recurso, respondiendo a los principios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad y aplicando los estándares internacionales en materia de derechos de las personas en el contexto de la movilidad humana.

Para la ONU-DH y el ACNUR resulta alentador constatar avances a partir de la actuación del Poder Judicial Federal en favor de los derechos de las personas migrantes, solicitantes de asilo y refugiadas. De igual forma, es de destacar el importante papel desempeñado por actores de la academia, especialmente la Clínica Jurídica para Refugiados “Alaíde Foppa” de la Universidad Iberoamericana, y de abogados y organizaciones de la sociedad civil mexicanas en la consecución de este importante precedente judicial.

Desde julio del 2016 el Instituto Nacional de Migración (INM) y la Comisión Mexicana de Ayuda a los Refugiados (COMAR) han coordinado con el ACNUR y distintos albergues y casas de la sociedad civil mexicana para la liberación de más de 1,000 solicitantes de asilo desde las Estaciones Migratorias. En ese sentido, las Oficinas firmantes reconocen igualmente las acciones emprendidas por el Gobierno mexicano en favor de las alternativas a la detención de personas solicitantes. Estas acciones tienen lugar en el marco de los compromisos asumidos por el Estado mexicano en la Cumbre de Líderes celebrada en Nueva York en septiembre 2016 y en la Declaración de Acción de San José, del 7 de julio de 2016.

Adicionalmente, de 2011 a 2016, México ha registrado un aumento de más de 1000% en el número de solicitudes de asilo, tendencia que se acentuó durante 2016 y que se ha mantenido a lo largo del primer trimestre de 2017.

Finalmente, las Oficinas firmantes esperan que la sentencia dictada por el Poder Judicial Federal anime al Estado mexicano a modificar la legislación en materia de asilo en el marco del nuevo artículo 11 constitucional, y a seguir llevando a cabo acciones que permitan garantizar plenamente el derecho a la libertad personal de todas las personas en el contexto de la movilidad humana y a reconocer el carácter intrínsecamente indeseable de la detención de solicitantes de asilo.

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