Mensaje conjunto de CIDH, ONU Derechos Humanos con motivo del Día Internacional de Defensoras y Defensores de los Derechos Humanos

Bogotá / Ciudad de Guatemala / Ciudad de México / Ciudad de Panamá / La Paz / Tegucigalpa / Santiago de Chile / Lima / Washington D.C. (9 de diciembre de 2022) –  Con motivo del Día Internacional de las Personas Defensoras de los Derechos Humanos la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y las presencias de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en América Latina (ONU Derechos Humanos) hacen un llamado a los Estados para aumentar los esfuerzos que garanticen la protección y reconozcan la labor de quienes defienden los derechos humanos, de manera individual y/o colectiva, por su rol fundamental en el fortalecimiento de las democracias y por tanto, del Estado de derecho.

Si bien el derecho a defender los derechos humanos está reconocido en la Declaración sobre Defensores y Defensoras de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, aprobada un día como hoy en 1998, la CIDH y ONU Derechos Humanos han observado el incremento de discursos estigmatizantes que buscan deslegitimar y/o silenciar la labor de defensa de los derechos humanos en diversos países de la región. En algunos casos, preocupa que estos discursos provienen desde las más altas autoridades de los Estados.

Este tipo de ataques han encontrado en la esfera digital un amplificador para difundir una narrativa negativa sobre quiénes son y qué derechos defienden las personas defensoras de derechos humanos. En particular, se ha observado que estos mensajes se dirigen en contra de quienes muestran discrepancia con las autoridades, denuncian la corrupción y la impunidad, defienden los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, defienden el medio ambiente, o exponen la falta de acceso a una justicia independiente, incluyendo a periodistas y personas funcionarias estatales que publican e investigan casos de corrupción, respectivamente.

La falta de reconocimiento a la importancia del trabajo de personas defensoras por las autoridades y la sociedad en general ha contribuido a que tanto las personas como los colectivos desarrollen sus actividades en una mayor situación de vulnerabilidad. Cuando se trata de mujeres defensoras, la CIDH y ONU Derechos Humanos han destacado los riesgos diferenciados y efectos desproporcionados que estos discursos ocasionan por la discriminación basada en género, y que a su vez se ven incrementados, según los derechos o causas que defienden, usando su orientación sexual o identidad de género, su origen étnico y su ubicación territorial como algo negativo.

La CIDH y ONU Derechos Humanos hacen un llamado a los Estados para que autoridades y el funcionariado público, desde los más altos niveles y de cada uno de los poderes del Estado, se abstengan de realizar acciones o pronunciamientos oficiales que afecten la legitimidad de la labor de defensa y promoción de los derechos humanos; así como de participar en campañas de difamación o de estigmatizar a personas defensoras y el trabajo que éstas realizan. Los Estados tienen la responsabilidad de vigilar también que las empresas no contribuyan con la emisión o difusión de este tipo de mensajes, e investigar y sancionar a quienes realizan este tipo de discursos, en especial cuando se trata de personas funcionarias estatales toda vez que la impunidad sobre estos actos permite su repetición.

Sumado a esto, los Estados deben abstenerse de adoptar y aplicar legislaciones que entorpezcan el funcionamiento de las organizaciones defensoras, bajo pretexto de proteger su soberanía o luchar contra la delincuencia organizada y el terrorismo. Por el contrario, es obligación de los Estados no solamente establecer un marco legal adecuado y efectivo para proteger la labor de defensa de derechos humanos, sino también asegurar condiciones reales de acceso a la justicia que permitan investigar y sancionar a los responsables de los ataques y amenazas.

Por último, la CIDH y ONU Derechos Humanos instan a los Estados a reconocer pública e inequívocamente el papel fundamental que las personas defensoras de derechos humanos ejercen en la garantía de la democracia y el Estado de derecho dentro de la sociedad, y que dicho compromiso se refleje en todos los niveles del Estado – local, estatal, provincial y nacional – y en los tres poderes– ejecutivo, legislativo y judicial, partiendo desde las más altas autoridades estatales. Únicamente a través del sólido respaldo gubernamental a la labor de quienes defienden los derechos humanos, de manera individual y/o colectiva, los Estados podrán progresivamente erradicar la indebida estigmatización que han sufrido las personas defensoras y garantizar un ambiente seguro para la defensa de los derechos humanos.

Fin

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU Derechos Humanos) forma parte de la Secretaría de las Naciones Unidas y su mandato está establecido en la resolución de la Asamblea General 48/141 de 1993. ONU Derechos Humanos, encabezada por la figura del Alto Comisionado, tiene el mandato de promover y proteger los derechos humanos de todas las personas y en todo el mundo.