ONU exhorta a que todos los estados eliminen las excepciones que permiten el matrimonio infantil

• Con la reforma al Código Civil de Chihuahua, 27 estados mexicanos han armonizado su legislación para prohibir el matrimonio infantil sin dispensas.
• Cinco estados aún establecen excepciones que permiten el matrimonio antes de los 18 años.

Ciudad de México, 30 de noviembre de 2017 – Si bien con la reforma al Código Civil de Chihuahua todos los estados del país han establecido los 18 años como edad mínima para casarse, aún cinco Códigos Civiles estatales permiten que las personas puedan casarse antes de los 18 años por determinación de un juez o una autoridad administrativa.

ONU-DH, ONU Mujeres, UNFPA y UNICEF exhortan a Baja California, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro y Sonora a armonizar sus legislaciones estatales conforme a la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y a los tratados internacionales de derechos humanos y eliminar las excepciones pues facilitan la persistencia de prácticas que violan los derechos de la infancia, particularmente los de las adolescentes y niñas en situación de mayor vulnerabilidad.

Por su parte, el artículo 148 del Código Civil Federal aún permite el matrimonio desde los 14 años en el caso de las adolescentes y 16 para los adolescentes, en contravención de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, expedida por el Congreso Federal.

Según los datos más recientes (provenientes de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica, ENADID 2014), en México, el 23.75% de las mujeres de entre 15 y 54 años de edad contrajeron matrimonio antes de los 18 años. En 2015, del total de matrimonios registrados de menores de 15 años, el 98.4% fueron de niñas y adolescentes mujeres.

México debe sumar esfuerzos de manera urgente para eliminar percepciones y costumbres que permiten que, aún hoy en día, el matrimonio infantil sea considerado como una opción viable y legal en México, en lugar de una violación de los derechos de la infancia, señalan las agencias.

Las agencias llaman a las autoridades mexicanas a armonizar la legislación del país tanto a nivel federal como estatal, y con ello evitar las terribles consecuencias del matrimonio infantil que constituye una forma de violencia que vulnera los derechos de las niñas y las adolescentes. Esta práctica amenaza su desarrollo, al impedir seriamente el ejercicio del derecho a la salud y a la educación, debido a la necesidad de realizar tareas domésticas, y a la maternidad y las presiones familiares, lo que además incrementa, en alto grado, las probabilidades de abandono escolar.

La falta de acceso a la educación y la igualdad oportunidades es una de las principales causas del matrimonio infantil. En el 2015, 2 de cada 4 mujeres menores de 15 años que contrajeron matrimonio contaba únicamente con educación primaria. Las agencias señalan también que la maternidad a temprana edad incrementa las probabilidades de sufrir complicaciones durante el embarazo y el parto, y aumenta las tasas de mortalidad infantil.

La erradicación del matrimonio infantil requiere de una estrategia integral que incluya políticas y programas de protección social centrados en aliviar las dificultades socio-económicas y favorecer el acceso a una educación de calidad, así como el empoderamiento de las niñas y las adolescentes.

En el marco de los 16 días de activismo para erradicar la violencia contra las mujeres y las niñas, ONU-DH, ONU Mujeres, UNFPA y UNICEF invitan a todos los estados a armonizar sus códigos civiles o familiares con respecto a la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que establece los 18 años como edad mínima para contraer matrimonio sin excepción.

La armonización de códigos civiles o familiares con respecto a la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes es un paso esencial en los esfuerzos conjuntos para poner fin a la violencia en México.

Fin

Información sobre el marco legal relacionado con el matrimonio infantil:

La Corte Interamericana de Derechos Humanos sostiene que el principio de protección especial de los derechos de niñas, niños y adolescentes supone la necesidad de que el Estado adopte medidas reforzadas para garantizar su interés superior, así como su pleno desarrollo físico, social y psicológico. En el caso del matrimonio infantil, el Estado debe realizar una protección reforzada que, al prohibirlo, reduzca las condiciones de desigualdad, dominación y opresión que, de no hacerlo, incrementan las posibilidades de vulneración de sus derechos.

La aprobación de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes constituye un enorme avance a favor de la infancia en México, pues cumple con las obligaciones internacionales y recomendaciones formuladas por organismos internacionales, por lo que resulta fundamental preservar los estándares de protección que ha incorporado. En este sentido, el papel de la legislación Estatal debe ser materializar el contenido del artículo 45 de la LGDNNA al establecer una edad mínima para contraer matrimonio a los 18 años, sin excepción, a fin de proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes y desmantelar condiciones de desigualdad y opresión que les afectan.

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