Foro: Historias y reflexiones sobre el desplazamiento forzado en México | Intervención de Andrea Nomdedeu, Oficial de Derechos Humanos ONU-DH México

¡Buenos días a todas y todos!

Permítanme agradecer a la Red TDT por su invitación a formar parte de este Foro; al Claustro Sor Juana, por brindarnos este espacio y; a todas y todos ustedes que nos acompañan el día de hoy. Aprovecho para reconocer la importancia de estos espacios para dar a conocer la dimensión y el impacto del fenómeno del desplazamiento forzado en el país. El tema de este foro, en el marco del Día Internacional de los Derechos Humanos, es sumamente importante. Las violaciones de los derechos humanos suelen preceder a los desplazamientos internos o desencadenarlos, ocurren durante los mismos o después de ellos y son tanto una causa como una consecuencia de dichos desplazamientos.

A pesar de la falta de reconocimiento que estuvo acompañando al desplazamiento forzado, éste es una realidad innegable en México desde hace años. La falta de reconocimiento es un motivo de gran preocupación porque invisibiliza a toda persona víctima del desplazamiento forzado como sujeta de derechos y la priva de una debida protección y de reparación integral de acuerdo a los estándares internacionales.

En este sentido, son esperanzadores los pasos que se están dando con miras a la aprobación de un marco legal general que prevenga, atienda y responda a este complejo fenómeno. El Estado mexicano, como cualquier otro estado, tiene la obligación de prevenir el desplazamiento y cuando éste ocurre ha de “crear las condiciones y proporcionar los medios que permitan a los desplazados internos el retorno voluntario, con seguridad y dignidad”.

Ahora bien, para poder cumplir con esta obligación es necesario construir una respuesta institucional y normativa coordinada de los tres niveles de gobierno. Al respecto, los Principios Rectores del desplazamiento interno, si bien carecen del carácter vinculante de un tratado internacional, reúnen un conjunto de estándares pertenecientes al derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos aplicados al fenómeno del desplazamiento, y son una fuente clave para el desarrollo de marcos legales y políticas públicas para prevenir y atender el desplazamiento forzado interno originado por distintas causas, tales como los conflictos armados, situaciones de violencia generalizada, violación de derechos humanos o desastres naturales o provocados por el hombre.

El término desplazamiento interno sólo transmite una mínima parte de la realidad a la que nos enfrentamos, pues la diversificación de sus causas – que engloban la violencia, conflictos de tierra, religiosos, entre otros – requiere de atención y respuestas específicas, dado el impacto diferenciado en la población y su proyección sobre sobre los ámbitos individuales y colectivos de las víctimas.

Cuando una persona se ve obligada a dejar su hogar, su comunidad, su tierra y sus bienes materiales, también sufre por el desarraigo y pierde vínculos con sus familiares y amistades, más aún cuando el retorno no es una opción a mediano plazo. Cuando una comunidad indígena ha sido forzada a desplazarse sufre además por la pérdida de su vínculo con la tierra, sus lugares sagrados y la imposibilidad de practicar sus costumbres y tradiciones. Las niñas y niños, las mujeres y adultos mayores también requieren de un trato diferenciado, como las y los defensores y periodistas desplazados. El enfoque diferenciado debe atender las necesidades particulares de protección de cada persona y desde la multidimensionalidad del fenómeno.

Desde la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos hemos podido conocer la dramática realidad del desplazamiento forzando interno desde las diversas áreas temáticas en las que trabajamos: como la de los pueblos indígenas afectados por proyectos de desarrollo o megaproyectos; las personas defensoras y periodistas desplazados como resultados de la violencia que sufren por el ejercicio de su profesión; los familiares de personas desaparecidas que buscan a sus familiares y que también son víctimas de hostigamiento y ataques que les fuerzan a abandonar su lugar de origen; así como la situación de cientos de familias que huyen de la violencia en diversos estados, como Guerrero, Veracruz, Tamaulipas y Chihuahua entre otros. Sin ir más lejos, la Oficina pudo entrevistar hace escasas semanas a familias enteras de desplazados internos en los puentes internacionales de Matamoros. Estas personas requieren de bienes básicos, como alimentos, o acceso a la salud, pero todo, recuperar el sentido de la seguridad y la esperanza.

La Relatora Especial sobre los Derechos Humanos de las Personas Desplazadas ha resaltado en diversas ocasiones el importante papel de las instituciones de derechos humanos de cara a la protección de los derechos de las personas desplazadas. La labor de las instituciones de derechos humanos, como son la CNDH y las comisiones estatales de derechos humanos, ha de ser la de recordar a las autoridades su responsabilidad primordial de proteger los derechos humanos, incluidos los de los desplazados y contribuir a concienciar sobre sus derechos civiles y políticos, y sus derechos económicos, sociales y culturales como son el derecho a la alimentación, salud, alojamiento, educación, vivienda, tierra y propiedad y el avance en el logro de soluciones duraderas.

Resulta prometedor el reconocimiento del desplazamiento forzado, así como la voluntad de adoptar medidas eficaces para atender este fenómeno por parte del nuevo gobierno. Todas y todos nosotros estamos en el inicio de un largo proceso en aras a prevenir y dar una respuesta oportuna al desplazamiento en México, y ello va a requerir de la articulación de un esfuerzo conjunto entre autoridades, víctimas y actores humanitarios.

Muchas gracias y espero que el Foro sea del mayor interés y provecho.

* El Foro: Historias y reflexiones sobre el desplazamiento forzado en México se realizó el 10 de diciembre en la Universidad del Claustro de Sor Juana, en la CDMX.

Fin