Intervención de Guillermo Fernández-Maldonado en la audiencia de la CIDH “Derecho a la información de familiares de víctimas de desaparición forzada en la región”
(7 de marzo de 2023) Buenos días. Soy Guillermo Fernández-Maldonado Castro. Participo en mi capacidad de Representante en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, a invitación de la CIDH y las organizaciones de la sociedad civil solicitantes de esta audiencia. Estoy aquí para ofrecer información de forma oral e informal, sin estar bajo juramento, y transmitiré un mensaje conjunto de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en América Latina, el Comité contra la Desaparición Forzada y el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias. Ello debido al limitado tiempo disponible y sin perjuicio de la autonomía de cada entidad. Nada en mis comentarios debe entenderse como una renuncia, expresa o implícita, de los privilegios e inmunidades de las Naciones Unidas en virtud de la Convención de 1946.
Mis primeras palabras son de homenaje a las personas desaparecidas, sus familias y allegados, y a las personas buscadoras que luchan a diario por esclarecer las desapariciones. Por décadas han defendido los derechos a la búsqueda, verdad, justicia, memoria, reparación y no repetición. Gracias a su valiente e incansable exigencia, se han iniciado y consolidado reformas para erradicar y prevenir este crimen que lacera a las víctimas y afecta a toda la humanidad.
Sin acceso a la información es imposible el acceso a la verdad y a la justicia. Pese a avances, siguen vigentes profundos retos para el derecho a la información de familiares y allegados de personas desaparecidas, así como para las instituciones a cargo de la búsqueda e investigación.
A título de ejemplo, en Colombia, el universo de personas desaparecidas en contexto y en razón del conflicto asciende a 104.606[1], que incluye desaparición forzada y otras formas desaparición. Frente a su magnitud y la gravedad, el Acuerdo de Paz ha sido una oportunidad para esclarecerlas.[2] Destacamos el compromiso del gobierno que ha aceptado la competencia del Comité contra la desaparición forzada para recibir y examinar comunicaciones individuales y el proyecto de Ley de fortalecimiento de la búsqueda de personas desaparecidas. Al mismo tiempo, es importante se adopten mecanismos efectivos y expeditos de seguimiento a la ley para el acceso a la información sobre violaciones de derechos humanos.
En México[3], donde hay 110.000 personas oficialmente reconocidas como desaparecidas, destaca la norma que prohíbe clasificar como reservada información relacionada con violaciones graves a derechos humanos y los precedentes garantistas de la Suprema Corte y los órganos de transparencia. Pero es preciso dar otros pasos, en especial en la procuración de justicia, la seguridad pública y los derivados de la falta de emisión de registros y bases de datos previstos en la ley. Por su lado, la Organización Internacional para las Migraciones ha reportado la desaparición de más de 5.000 personas migrantes en Centroamérica y México entre 2014 y 2022.[4] Estos retos fueron identificados por el Comité de Naciones Unidas contra la Desaparición Forzada en su visita a México. La aplicación de sus recomendaciones es clave,[5] como la implementación y fortalecimiento de mecanismos de cooperación regional para la búsqueda e investigación de las desapariciones y el acompañamiento a las víctimas.
Para ello es prioritario que los Estados establezcan mecanismos eficientes e integrales y fortalezcan respuestas coordinadas, como en el Mecanismo de Apoyo al Exterior (MAE), que aseguren que las autoridades encargadas de la búsqueda y de investigar las desapariciones, así como los familiares y allegados, tengan acceso pleno y oportuno a toda información para localizar a las personas desaparecidas, sancionar a los perpetradores y reparar a las víctimas.
Este acceso incluye la información de la fuerza pública, agencias de seguridad del Estado o con funciones de inteligencia e información administrativa de utilidad en la búsqueda.[6] Cuando la información pueda suponer riesgos para la seguridad nacional, se debe establecer medidas de confidencialidad, pero no impedir su acceso a las instituciones a cargo de la búsqueda e investigación, las familias y toda persona con un interés legítimo.
Es preciso que los Estados adopten medidas de preservación de archivos para su consulta, incluso procedimientos para identificar y desclasificar la información de interés público. Toda persona con un interés legítimo debe poder acceder a la información sobre los progresos en la búsqueda de la persona desaparecida y la investigación de su desaparición, incluso los procedimientos penales. Dicho derecho debe estar protegido y garantizado en todas las fases de los procesos de búsqueda e investigación. Esto incluye el deber de las autoridades de informar a las víctimas, allegados y representantes sobre las acciones realizadas, retos encontrados y resultados conseguidos.
Estos principios aplican a los casos del presente y el pasado. Por lo que se debe permitir el acceso a toda la información disponible para el esclarecimiento de los casos del pasado, como por ejemplo en Argentina, Chile, Paraguay, Uruguay, Honduras o el Salvador. El acceso a la información es imprescindible para acceder a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.
Más aún, el acceso a la información es imprescindible para la satisfacción de los derechos de las víctimas, el fortalecimiento democrático y la consolidación de una paz estable y duradera. Es imprescindible para que las víctimas y la sociedad puedan confiar en las autoridades a cargo de la búsqueda, investigación, sanción y reparación de estas graves violaciones.
La Oficina que represento, el Comité contra la Desaparición Forzada y el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias, continuaremos exhortando y acompañando a los Estados para fortalecer el acceso pleno y efectivo a la información en favor de las estrategias estatales para prevenir y erradicar las desapariciones forzadas y su impunidad. Reiteramos nuestro compromiso de acompañar a las víctimas en la exigencia de sus derechos y a las autoridades estatales para cumplir sus obligaciones, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos. Muchas gracias.
Fin