Palabras de Jesús Peña para la presentación del informe “Buenas prácticas y desafíos en la investigación de delitos cometidos contra personas defensoras de derechos humanos y periodistas”

13 de diciembre de 2023. Buenas tardes, un cordial saludo para quienes me acompañan en el presídium. Saludo a las personas defensoras y periodistas aquí presentes, a las víctimas y sus familias que nos acompañan, a las autoridades e integrantes del cuerpo diplomático presentes. Agradezco también a la Embajada Británica por su apoyo para la realización de este informe.

Es ampliamente reconocido que los derechos a defender derechos humanos y a la libertad de expresión son garantías esenciales de la democracia. La labor de las personas defensoras de derechos humanos fomenta el fortalecimiento de las instituciones y promueven el acceso a la verdad y a la justicia.

De igual modo, la labor que realizan las y los periodistas contribuye a la realización del pluralismo democrático, en tanto nos permite conocer diariamente lo que sucede a nuestro alrededor a través de la información relevante que nos transmiten.

Sus labores afectan generalmente a numerosos intereses, ya sean políticos, económicos o sociales, públicos o privados. Por ello, en ocasiones son objeto de represalias y obstáculos por parte de quienes se benefician de las injusticias, la desigualdad, la corrupción y la falta de información veraz.

En México, las personas defensoras y periodistas se enfrentan a un riesgo de agresiones que van desde campañas de desprestigio y amenazas, vigilancia y hostigamiento, hasta desapariciones y asesinatos. La ONU-DH pudo constatar entre enero de 2019 y septiembre de 2023 al menos 41 asesinatos de periodistas, seis de trabajadores de medios y 91 de personas defensoras en posible relación con su labor. Adicionalmente registramos 13 víctimas que siguen desaparecidas (ocho defensoras y cinco periodistas).

De las 151 personas defensoras y periodistas víctimas de asesinatos y desapariciones entre 2019 y 2023, prácticamente dos tercios habían sufrido incidentes previos, y más de 30% habían presentado formalmente denuncias que, de acuerdo con la información disponible, no fueron adecuadamente consideradas y tramitadas, lo que supone que se incumplió las obligaciones en materia de prevención y protección efectiva de quienes habían ya demostrado estar en riesgo. Y que se habría faltado al deber de investigar, juzgar y sancionar las agresiones.

El Comité de Derechos Humanos de la ONU explicó que “el hecho de que no se haga comparecer ante la justicia a los autores de violaciones puede ser de por sí una vulneración del Pacto.” Y destacó que la impunidad “puede ser un elemento importante que contribuye a la repetición de las infracciones”. Por eso la investigación penal es transcendental para la garantía del derecho a la verdad y a la justicia de sobrevivientes, familiares de las víctimas, colegas de profesión y la sociedad.

Resulta preocupante que en México persistan elevados niveles de impunidad, uno de los principales alicientes de nuevas agresiones en contra de personas defensoras y periodistas. El propio Fiscal General de la República reconoció públicamente que se cometieron cerca de 33 millones de delitos en el 2018, “de los cuales cerca del 99 por ciento han quedado impunes.”

La ONU-DH ha acompañado en su lucha por la justicia y la verdad a personas defensoras y periodistas supervivientes de diferentes ataques, así como a las familias de personas asesinadas y desaparecidas. En el marco de ese acompañamiento, la Oficina ha ofrecido asesoría técnica a los diferentes órganos de procuración de justicia y ha podido observar buenas y malas prácticas por parte de las autoridades durante las investigaciones.

Este informe refleja parte de esa experiencia, y es un insumo técnico destinado, sobre todo, a operadores de administración y procuración de justicia y tomadores de decisiones en materia de política pública, para asistir a los procesos de construcción y fortalecimiento de la institucionalidad relacionada con el acceso a la justicia. En este sentido, se enmarca en una estrategia amplia para favorecer la protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas en México. ONU-DH en 2019 hizo un profundo diagnóstico del Mecanismo de Protección y ahora abordamos el componente de justicia, como parte fundamental de una estrategia integral de protección.

Creemos firmemente que identificar las deficiencias que afectan al proceso de investigación penal es un paso necesario para proponer mejoras concretas que permitan garantizar que no queden en la impunidad las agresiones a estos grupos. Asimismo, al destacar buenas prácticas se pretende fomentar su réplica o adopción por parte de otros operadores de justicia y fiscalías.

El informe no busca identificar patrones generalizados en la procuración de justicia, sino que, a partir de los casos seleccionados realiza un análisis profundo de cada uno de ellos, buscando ofrecer ejemplos concretos de buenas y malas prácticas que puedan orientar a las fiscalías y su personal en su actuar.

Este informe se basa en 9 casos para el estudio detallado de las carpetas de investigación, considerados representativos del universo de delitos cometidos en contra de personas defensoras de derechos humanos y periodistas.

El informe se enfoca en los delitos de desaparición, homicidio y amenazas. Los dos primeros delitos se seleccionaron por su gravedad, mientras que las amenazas se eligieron por ser la agresión más común. Se adoptaron criterios para buscar el equilibrio de género, entre actividades que realizan, la diversidad geográfica y la diferencia de avance en las investigaciones de los casos, procurando de esa forma dotar de representatividad al universo seleccionado. Los nueve casos seleccionados son:

  • Isidro Baldenegro, defensor de Chihuahua
  • Miriam Rodríguez, defensora de Tamaulipas
  • Meztli Sarabia, defensora de Puebla
  • Edgar Daniel Esqueda, periodista de San Luís Potosí
  • Arnulfo Cerón, defensor de Guerrero
  • Agustín Silva, periodista de Oaxaca
  • Amir Ibrahim, periodista de Quintana Roo
  • Gloria Ruiz y Camelia Muñoz, periodistas de Coahuila

Y tienen las siguientes características:

  • De ocho estados;
  • Ocho del fuero local y uno federal;
  • Tres de amenazas, tres de homicidio y tres de desaparición (en dos se encontró a la persona sin vida);
  • Las víctimas de cuatro casos son mujeres y, de los otros cinco, son hombres;
  • De cuatro casos son personas defensoras y de cinco son periodistas;
  • Dos víctimas se auto reconocían como indígenas;
  • En tres casos se registraron sentencias condenatorias.
  • Todos son de delitos cometidos entre 2016 y 2019 e investigados bajo el nuevo sistema de justicia penal. El informe cubre este periodo para permitir un plazo razonablemente amplio para el desarrollo de la investigación de manera a que se puedan identificar las buenas y malas prácticas.

La fuente primordial es la información contenida en las más de 4.000 fojas de las carpetas de investigación a las que se tuvo acceso.

Se realizaron también búsquedas de información en fuentes abiertas, entrevistas con víctimas directas e indirectas y entrevistas con autoridades encargadas de la investigación de los casos.

Asimismo, el informe recupera el conocimiento acumulado en la documentación de casos similares y asistencia técnica brindada a las instituciones responsables, que ha permitido observar desafíos similares a los descritos en este informe.

Finalmente, solicitamos información a las 33 fiscalías del país (y aprovecho para agradecer sinceramente a las 28 que respondieron).

La ONU-DH desarrolló una metodología de análisis de expedientes de investigación penal a través de la construcción de indicadores cualitativos basados tanto en los estándares internacionales en materia de investigación criminal como en jurisprudencia e instrumentos jurídicos mexicanos incluidos protocolos de investigación. Este proceso de construcción incluyó consultas con personas expertas en derecho penal, criminología, libertad de expresión y perspectiva de género.

Este proceso resultó en la creación de 88 indicadores que fueron distribuidos en tres ejes: garantías de acceso a la justicia, técnicas de investigación criminal y elementos transversales. A su vez, los tres ejes se subdividen en 15 rubros específicos.

En los 9 casos se analizó si era pertinente la aplicación de cada uno de los 88 indicadores. Por ejemplo, para un caso de amenazas no resultaría oportuno la aplicación de indicadores específicos sobre el delito de desaparición. Así se explica que en el caso de Arnulfo Cerón se hayan aplicado un total de 66 indicadores, mientras que en el caso de Camelia Muñoz solamente se analizaron 46 indicadores.

Para cada caso, se obtuvo el acceso a la información de las carpetas de investigación correspondientes, que se complementó con información de entrevistas y fuentes abiertas. Con toda esta información y análisis se valoró el cumplimiento de cada indicador según el criterio:

  1. Adecuado/Integral
  2. Parcial
  3. Nulo/Deficiente

Los resultados de la aplicación de los indicadores se pueden consultar en una plataforma online construida para el efecto y disponible públicamente.

En cada caso analizamos de manera exhaustiva todas las actuaciones y, por ejemplo, para el indicador de “Cumplimiento de las directrices establecidas por el Protocolo de Minnesota” se cotejaron 27 variables para valorar su nivel de cumplimiento y así con cada uno de los 88 indicadores.

Esta aplicación y ponderación de indicadores se llevó a cabo en 501 ocasiones que permitieron identificar las buenas prácticas y descubrir fallas u omisiones, además de obtener resultados cuantitativos relevantes que sostienen los hallazgos. Desafortunadamente, el resultado de la aplicación de los indicadores arrojó que en la mayoría de los casos no se han llevado a cabo de manera integral los procedimientos necesarios según los principios de debida diligencia.

No obstante, el informe no busca identificar patrones generalizados, sino ofrecer prácticas concretas, buenas y malas que favorezcan la crítica constructiva y puedan orientar a las fiscalías y su personal en su actuar. Así, se identificaron buenas prácticas relacionadas con los procedimientos para:

  • la inspección del lugar del hecho;
  • identificación de testigos y realización de entrevistas;
  • obtención de videograbaciones;
  • desarrollo de peritajes en distintos rubros de medicina forense, criminalística y balística;
  • elaboración de dictámenes de mecánica de hechos;
  • análisis de contexto;
  • análisis jurídico de la conducta de amenazas;
  • participación de víctimas y familiares;
  • y otorgamiento de medidas cautelares de protección cuando fue pertinente.

Dichos ejemplos podrán servir para generación de aprendizajes futuros a través de la metodología de estudio de casos. Importante siempre recordar que cuando mencionamos el concepto de buenas prácticas nos referimos a actuaciones acordes a las obligaciones en materia de debida diligencia en investigaciones penales. Incluso cuando identificamos una buena práctica técnicamente ésta no es garantía necesariamente de un resultado exitoso en la resolución del caso.

Un ejemplo en el caso de Arnulfo Cerón fue la realización de entrevistas a más de 30 testigos lo que permitió generar una línea de investigación basada en su labor de defensa de derechos humanos y cómo ésta afectaba intereses políticos y económicos en la región.

Otro ejemplo es un caso de la FEADLE y aprovecho para agradecer al Fiscal Ricardo Sánchez por su presencia hoy todo su trabajo. En el caso de Amir Ibrahim, la FEADLE realizó un análisis de contexto qué permitió conocer el trabajo periodístico que realizaba, los intereses que afectaba, y situarlo en un entorno social y territorial en que el aumento de delitos cometidos contra periodistas fue particularmente elevado. Esto fue determinante para que la FEADLE alcanzara su primera sentencia por amenazas. El análisis de contexto es un aporte técnico muy relevante, particularmente con el buen ejemplo del caso de Julián Carrillo.

Algo fundamental y que destacó en los casos de Miriam Rodríguez y Meztli Sarabia fue la forma como la Policía de Investigación logró de manera oportuna recuperar y analizar grabaciones de video y así identificar los vehículos utilizados en los hechos y sus trayectos, paso clave para llegar a la identificación de perpetradores.

Por otro lado, en los casos de Agustín Silva y Edgar Daniel Esqueda no se actuó de la misma manera oportuna lo que llevó a perder evidencia esencial que explica, al menos en parte, que ambos periodistas sigan sin justicia.

Este es un ejemplo de las omisiones que también se identifican en el informe, particularmente en el cumplimiento de los principios de debida diligencia de oportunidad, competencia y exhaustividad, que se ven reflejadas en: deficiencias en la preservación del lugar de los hechos; pérdida de videograbaciones por retrasos injustificados en su identificación y obtención; falta de seguimiento a solicitudes de diligencias; no agotamiento de las líneas de investigación relacionadas con la labor de la víctima; no agotamiento de las líneas de investigación relacionadas con el potencial involucramiento de servidores públicos; entre otras. Asimismo, en algunos casos no se brindó a las víctimas un adecuado acceso a la información de la investigación.

Otro ejemplo, en el caso de Camelia Muñoz, fue la falta de actuaciones oportunas, exhaustivas y competentes ante las violentas agresiones contra sus dos perritos, a raíz de las cuales una de las mascotas perdió la vida.

Ya en el caso de Meztli Sarabia, la investigación careció de actuaciones que permitieran confirmar o descartar si el ataque constituiría una manifestación de violencia por razones de género.

Ante estos ejemplos, el informe presenta conclusiones en relación con: el perfil de la víctima; los medios probatorios; el rol en el proceso de víctimas, familiares y testigos; identificación de las personas responsables; y necesidades de fortalecimiento institucional.

Es importante resaltar que los hallazgos del informe reflejan que en México existe capacidad tanto por parte de la FGR como de las fiscalías estatales para realizar investigaciones conforme a los principios generales de debida diligencia, pero que no siempre se conjugan los recursos, la competencia y la voluntad necesarias para cumplir con la obligación de investigar, juzgar y sancionar.

Entre otras conclusiones, destaca la falta, en la mayoría de los casos, de priorización y agotamiento de líneas de investigación relacionadas con la labor periodística o de defensa de derechos humanos de las víctimas. Por otro lado, en los casos que se consideró a la víctima, sus familiares o colegas como fuentes principales de información, se fortalecieron las líneas de investigación y se favoreció de manera determinante el esclarecimiento de los hechos.

Ejemplo de ello fue el caso de Arnulfo Cerón en que la fiscalía analizó las redes criminales detrás de su desaparición y asesinato lo que permitió importantes judicializaciones que establecen la autoría tanto material como intelectual.

Por otro lado, a pesar de que actualmente las redes sociales representan una fuente de información relevante, solamente dos de los nueve casos se benefician de esos datos. Incluso en dos casos en que las denuncias son por amenazas en redes sociales

Finalmente, el hecho de que los tres casos que tienen sentencias tengan en común la designación oportuna de asesoría jurídica pública y gratuita ilustra la importancia de garantizar este derecho.

Tomar medidas para fortalecer las capacidades del Estado mexicano para investigar las agresiones contra quienes defienden derechos humanos y ejercen el periodismo debe ser una prioridad. No hacerlo implica que la violencia contra personas defensoras y periodistas no cesará, lo que afecta directamente el goce de los derechos humanos para todas y todos. En este sentido, la ONU-DH presenta 16 recomendaciones concretas a las 33 fiscalías del país y ofrece su disponibilidad para brindar asistencia técnica constructiva para su fortalecimiento. Entre éstas destaco:

Incluir como obligación específica, cuando la víctima ejerce o ejercía labor de defensa de derechos humanos o periodismo, la consideración y el agotamiento de una línea de investigación relacionada con los intereses que podrían verse afectados por dicha labor.

Asegurar la publicación de indicadores de desempeño por parte de las fiscalías a través de un informe anual nacional sobre los casos en investigación, las acusaciones y las sentencias u otras salidas procesales por los delitos cometidos contra personas defensoras y periodistas, que permita que los datos desglosados sean analizados a nivel nacional para orientar políticas públicas integrales con un enfoque preventivo.

Asimismo, será importante seguir reforzando las medidas destinadas a aumentar la capacidad del funcionariado de las fiscalías para actuar con perspectiva de género, intercultural e interseccional en casos de delitos cometidos en contra de personas defensoras y periodistas. Establecer la obligación de que en casos de delitos cometidos contra mujeres periodistas y defensoras se consideren líneas de investigación que contemplen motivos o formas de comisión del delito vinculadas a razones de género.

Establecer, en línea con lo establecido en el Protocolo homologado de investigación de delitos cometidos contra la libertad de expresión, la obligación para el agente del MP de solicitar la realización de un análisis de contexto mandatorio.

Retomar los trabajos para la construcción de un protocolo homologado de investigación de delitos cometidos contra personas defensoras de derechos humanos, a través de consultas con las y los operadores de justicia que lo implementarán, y con la participación de sociedad civil.

Garantizar la participación de sobrevivientes y familiares de las víctimas en las investigaciones y, particularmente, brindar información sobre los avances de éstas y facilitar el acceso pleno a la carpeta de investigación. Lo que implica:

  1. Asegurar el derecho a asesoría jurídica;
  2. Referenciar inmediatamente a las víctimas con la institución de atención a víctimas;
  3. Facilitar la posibilidad de las víctimas para solicitar actos de investigación.

Identificar y compartir buenas prácticas de las fiscalías en el desarrollo de investigaciones sobre delitos cometidos en contra de personas defensoras de derechos humanos y periodistas. Considerar hacerlo a través de recopilaciones por tipo de delito.

Es importante recordar que el combate a la impunidad no depende solo de las Fiscalías. El necesario reforzamiento de las mismas será insuficiente si no se acompaña de otras medidas tendientes a la creación de una política pública integral para el respeto, protección, prevención y justicia para quienes ejercen el periodismo y defienden los derechos humanos.

El presente informe ha sido posible gracias a la generosidad y confianza de las víctimas y sus familias quienes autorizaron a la ONU-DH a la evaluación de las carpetas de investigación de los delitos denunciados. Sus vidas y las vidas de sus familias fueron irremediablemente impactadas.

Reitero nuestro agradecimiento para las familias de Miriam, Isidro, Edgar Daniel, Meztli, Arnulfo y Agustín que hoy nos acompañan. También a Camelia y Amir, además de Gloria a quien enviamos un saludo a distancia ya que no pudo acompañarnos. Para ellas y todas las personas defensoras y periodistas que han sufrido agresiones este informe busca identificar buenas prácticas y desafíos que puedan encaminarnos a construir colectivamente mejores prácticas en la búsqueda de la verdad y justicia.

Esta presentación es un resumen del informe que, a su vez, es también ya un resumen del proceso y sus hallazgos. Les invitamos, particularmente a las autoridades con competencias en la investigación de delitos, a conocerlo a más detalle y reiteramos nuestra disponibilidad e interés en poder tener acercamientos más profundos y más técnicos para seguir fortaleciendo sus capacidades.

Deseamos verdaderamente que este esfuerzo pueda contribuir a reforzar el acceso a la justicia para quienes han sufrido agresiones por informarnos y por defender nuestros derechos.

¡Muchas gracias!

Fin