Palabras de Byron Cárdenas, Oficial de Derechos Humanos ONU-DH México, para el Seminario “El Compromiso de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos con las Poblaciones Afrodescendientes Frente a la Agenda 2030”

Muy buenos días a todas y todos los presentes. Antes que nada me gustaría agradecer la invitación a la CNDH, la Federación Iberoamericana de Ombudsman, la Agencia de Cooperación Alemana, a los organizadores de este importante seminario, que me permiten estar en representación de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Me gustaría empezar por reconocer que este seminario tenga un especial enfoque en el compromiso de las instituciones de derechos humanos con las poblaciones afrodescendientes, porque no puede ser de otra forma, si tomamos en cuenta que la defensa de cualquier colectivo o grupo en situación de marginación se afincan en la reivindicación de la igualdad y no discriminación. Especialmente, porque estos dos principios sintetizan los pilares sobre los que se erige el acceso y la protección de derechos reconocidos en la legislación interna y en el derecho internacional; lo cual, además, no puede hacerse al margen de las causas estructurales que le dan origen y donde los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) tiene especial atención, porque las zonas más desiguales del continente son aquellas habitadas por población afrodescendiente y poblaciones indígenas.

Ciertamente, desde la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia (Durban, 2001), las exigencias del reconocimiento de derechos y protección de los mismos ha adquirido un mayor impulso, y se han visibilizado más las desigualdades en el acceso a derechos de los pueblos afrodescendientes. De acuerdo con la CEPAL, “los estudios existentes muestran sostenidamente que los indicadores de mortalidad, esperanza de vida, educación formal y condiciones socioeconómicas en general de los pueblos indígenas y las poblaciones afrodescendientes presentan diferencias desfavorables respecto del resto de la población”[1].

Una asimetría vinculada también a la discriminación étnico-racial, en los estereotipos socialmente construidos alrededor de las personas afrodescendientes, en fin, por la discriminación estructural que aún persiste en nuestras sociedades. En el caso concreto de México, una de las recomendaciones vertidas en el Examen Periódico Universal (EPU) de 2013, fue para que el Estado “recono[ciera] a los afrodescendientes como un grupo étnico y pro[moviera] sus derechos”, así como “elaborar y fortalecer programas para hacer frente a las desigualdades en el ejercicio de los derechos humanos que sufren las comunidades indígenas y los afrodescendientes” (A/HRC/25/7).

Es por ello que el objetivo 10 de los ODS se enfoca en la reducción de las desigualdades, a partir de un enfoque particularizado en la atención de las poblaciones más desfavorecidas y marginadas, como son las afrodescendientes. Y esto no puede lograrse sin el respeto de su identidad y herencia cultural, así como su participación en la toma de decisiones en el marco de una sociedad pluriétnica como es México.

Para la Oficina del Alto Comisionado es fundamental que el reconocimiento de sus derechos vaya de la mano de la consagración de mecanismos de protección, que nuestras contrapartes naturales, como son las instituciones nacionales de derechos humanos, adopten una postura decidida y efectiva en la promoción y defensa de los derechos de las personas afrodescendientes, circunscritos además dentro de un marco de acciones a nivel global, como son los ODS.

 

DECENIO INTERNACIONAL PARA LOS AFRODESCENDIENTES 2015-2024

Como se sabe, el Decenio fue proclamado por la Asamblea General en su resolución 68/237, con el lema “Afrodescendientes: reconocimiento, justicia y desarrollo”. Este comenzó el 1 de enero de 2015 y terminará el 31 de diciembre de 2024. La Resolución de la Asamblea General explica el Decenio Internacional como “un auspicioso período de la historia en el que las Naciones Unidas, los Estados Miembros, la sociedad civil y todos los demás agentes pertinentes se sumarán a los afrodescendientes y adoptarán medidas eficaces para poner en práctica el programa de actividades en un espíritu de reconocimiento, justicia y desarrollo” (A/RES/69/16). Todo ello, reconociendo que pese a los avances registrados en el marco internacional, el racismo y la discriminación racial, tanto directos como indirectos, tanto de facto como de jure, siguen manifestándose en la desigualdad y las desventajas.

El objetivo principal del Decenio Internacional es “promover el respeto, la protección y la realización de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de los afrodescendientes” (A/70/339). Y para alcanzar este objetivo se ha propuesto unas metas más concretas, como son: reforzar la adopción de medidas y la cooperación a nivel nacional, regional e internacional para lograr que los afrodescendientes disfruten a plenitud de sus derechos; promover un mayor conocimiento y respeto de la diversidad de la herencia y la cultura de los afrodescendientes; y aprobar y fortalecer marcos jurídicos nacionales, regionales e internacionales de conformidad con los principales instrumentos para la lucha contra el racismo, la discriminación racial, xenofobia y otras formas de intolerancia, como son la Declaración y el Programa de Acción de Durban y la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

En ese sentido, la ejecución del programa de actividades del Decenio Internacional forma parte integral de la aplicación plena y efectiva de aquellos instrumentos internacionales. Y esto es muy importante para el tema que nos trae aquí, porque eso significa que el punto de partido es el reconocimiento de los afrodescendientes como víctimas de la esclavitud, la trata de esclavos y colonialismo; pero también con el hecho de que la trata de esclavos y el colonialismo son uno de los elementos que han contribuido a las desigualdades sociales y económicas que han perdurado en el tiempo y de las que siguen sufriendo sus consecuencias.

El Decenio Internacional es también una oportunidad para cumplir con las obligaciones internacionales que los Estados han adoptado en la Convención Internacional y los compromisos de la Declaración de Durban, a través de una serie de actividades puntuales destinadas a la realización de los principios -no discriminación y la igualdad ante la ley y el derecho a igual protección de la ley-  sin olvidar aquellos contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Así, para los Estados, a nivel nacional, se han previsto una serie de acciones, tales como, la adopción de medidas legislativas, políticas y programas dedicados a la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia, con enfoque particular en las niñas y mujeres y jóvenes. Una de las primeras acciones es eliminar todo tipo de obstáculos que impiden el pleno ejercicio de los derechos humanos de los pueblos afrodescendientes, que incluye compatibilizar los marcos normativos con la Convención.

 

RETOS FRENTE AL DECENIO INTERNACIONAL

Las acciones en sí mismo están conectadas con las obligaciones generales de carácter positivo, en tanto desarrollan contenidos esencialmente enfocados en la activación de los poderes públicos, y en concreto de los parlamentos nacionales, para derogar normas contrarias a los derechos reconocidos y adoptar medidas legislativas para garantizar el pleno ejercicio de los mismos; considerando que cualquier norma adoptada deba superar el test de compatibilidad con dicha Convención.

Por ejemplo, en el caso concreto de México, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (Comité) señaló que el contenido de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, el 29 de abril de 2003, “no con[tenía] la mención de discriminación racial y no es[taba] en línea con la Convención” (CERD/C/MEX/CO/16-17). Lo que ponía en perspectiva la obligación de las instancias legislativas de observar los estándares internacionales sobre dicho tema.

Por otra parte, el Comité también notó con preocupación que, a pesar de las reiteradas recomendaciones hechas al Estado mexicano, la situación de los afrodescendientes se encontraba invisibilizada (CERD/C/MEX/CO/16-17). En efecto, la preocupación del Comité tenía que ver con el hecho de que la invisibilidad estadística de ese entonces no daba cuenta de la existencia de un importante grupo de la población en situación de marginación, que como consecuencia no se veían reflejados en los programas, políticas públicas y modelos de desarrollo, asentados en la desigualdad y discriminación estructural, así como en la falta de reconocimiento constitucional.

En 2015, el INEGI realizó una Encuesta Intercensal a partir del que se conoce un poco más sobre la situación de la identidad étnica y la identificación de la población afrodescendiente en las 32 entidades federativas. Una medida que podría estimarse en concordancia con lo señalado por el Comité, pero también muy tardía e incompleta que habrá que ampliarse. Pues bien, de acuerdo a los resultados 1.4 millones de personas se consideran afrodescendientes, las que representan el 1.2% de la población nacional. Asimismo, se conoce que Guerrero, Oaxaca y Veracruz son los tres estados con mayor población afrodescendiente. De manera que es grato encontrarnos hoy en Oaxaca, uno de los estados con mayor diversidad cultural y étnica de México, y uno de los estados con mayores desafíos para garantizar el acceso a derechos humanos a los pueblos afrodescendientes e indígenas. Precisamente, porque algunos modelos de desarrollo no se asientan precisamente en la igualdad de oportunidades y no discriminación, que ha dificultado el acceso a servicios de educación y salud de calidad, a la vivienda y la seguridad social.

Si bien el Comité ha destacado la creación del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), como el marco institucional para luchar contra este flagelo, y con competencia para “recibir y resolver las reclamaciones y quejas por presuntos actos discriminatorios cometidos por particulares o por autoridades federales en el ejercicio de sus funciones”, cierto es que hay que fortalecerlo para que su labor sea más efectiva, para que contribuya en corregir las injusticias históricas. En ese contexto, también es importante fortalecer el papel de las instituciones nacionales de derechos humanos en la defensa y promoción de los derechos de las personas afrodescendientes.

 

ACNUDH EN EL MARCO DEL DECENIO INTERNACIONAL

En el marco del Decenio Internacional, la Asamblea General nombró coordinador del Decenio al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, con sede en Ginebra, Suiza, para que diera seguimiento a la ejecución de las actividades previstas en el mismo. En este sentido, ACNUDH ha prestado especial atención, entre otros, al fortalecimiento de los conocimientos y la experiencia práctica en materia de derechos humanos entre los dirigentes afrodescendientes. La Asamblea General solicitó específicamente al ACNUDH que durante el Decenio mantuviera y consolidase su programa de becas para afrodescendientes, para comprendan mejor el sistema, los instrumentos y los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, haciendo hincapié en las cuestiones de particular interés para los afrodescendientes. También para que ponga en marcha una campaña de sensibilización.

Por otra parte, el ACNUDH ha trabajado con los gobiernos en la formulación y el desarrollo de políticas nacionales contra el racismo, en particular, respecto de los afrodescendientes. El ACNUDH, a través de su Oficina Regional para América Central, se ha apoyado a las instituciones nacionales de derechos humanos de la región para que aumentasen su capacidad de vigilancia de los derechos humanos respecto a los afrodescendientes. En 2014, el ACNUDH también colaboró con instituciones nacionales de derechos humanos de El Salvador y Nicaragua para hacer frente a casos de racismo y discriminación racial contra afrodescendientes y reforzar sus mecanismos de denuncia.

El ACNUDH está ultimando una publicación sobre cómo llevar los derechos a la práctica respecto de los afrodescendientes y el derecho al desarrollo. El documento será una guía práctica para trabajar junto con afrodescendientes en comunidades de todo el mundo a fin de que pueda hacer realidad su derecho al desarrollo. Aunque está destinado principalmente a los gobiernos y los organismos de las Naciones Unidas, también será de utilidad para otras organizaciones internacionales, la sociedad civil y los investigadores.

En México, ACNUDH con otras organizaciones e instituciones de derechos humanos han llevado a cabo el XIII Premio Rostros de la Discriminación “Gilberto Rincón Gallardo”, con el objetivo promover el interés y reflexión de la opinión pública sobre el derecho a la igualdad y no discriminación. Asimismo como reconocer el trabajo que realizan las personas dedicadas al periodismo, enfocado a sensibilizar a la opinión pública sobre la importancia de la cultura de la igualdad y no discriminación.[2]

En definitiva, tal y como lo ha dicho el Alto Comisionado para los Derechos Humanos, Zeid Ra´ad Al Hussein, el Decenio Internacional es un compromiso en la lucha contra el racismo, que espera reforzar las medidas encaminadas a desmantelar los numerosos obstáculos a los que se enfrentan millones de personas en todas las regiones del mundo; y que en nuestro continente son alrededor de 200 millones. El Decenio es una oportunidad histórica para reforzar los marcos normativos que prohíben la discriminación racial, pero también fomentará un mayor conocimiento del patrimonio cultural, sus numerosas contribuciones fundamentales al avance de la humanidad. Y la importancia del plan de actividades del Decenio no es para crear más obligaciones a los Estados, sino para invitarlos y comprometerlos a erradicar la desigualdad y promover la inclusión a partir de una participación plena en igualdad de condiciones de los afrodescendientes en la vida pública, política y económica. Asimismo, con el compromiso de los Estados de garantizar la igualdad de acceso a la justicia y la igualdad de protección de la ley, y eliminar el fenómeno popularmente conocido como perfiles raciales y la violencia policial.

Fin

[2]

Véase la Convocatoria del XIII Premio Rostros de la Discriminación “Gilberto Rincón Gallardo”, realizada por el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el Instituto Nacional Electoral (INE), la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH), el Instituto Mexicano de la Radio (IMER), la Universidad Iberoamericana Santa Fe (UIA Santa Fe), El Colegio de la Frontera Norte (El COLEF), la Universidad Autónoma de Tlaxcala (U de Tx), la Cátedra UNESCO “Igualdad y No Discriminación” de la Universidad de Guadalajara (UdeG),) y la Fundación “Gilberto Rincón Gallardo”. Disponible en: http://www.hchr.org.mx/index.php?option=com_k2&view=item&id=984:convocatoria-del-xiii-premio-rostros-de-la-discriminacion-gilberto-rincon-gallardo&Itemid=273 (Consulta de 25 de enero de 2018)