Reforma constitucional en materia de asilo

Palabras de Alberto Brunori, Representante, a. i., de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH)

Muy buenos días. Muchas gracias por la gentil invitación a la OACNUDH para participar en la presente conferencia de prensa.

Ha sido para nosotros un motivo de profunda satisfacción el haber atestiguado y contribuido a la reforma constitucional al artículo 11 en materia de asilo. Dicha contribución ha sido posible gracias a la apertura y disponibilidad del Senado para tomar en consideración las observaciones que de manera conjunta realizamos la Oficinas en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y para los Derechos Humanos. De manera especial deseo manifestar mi reconocimiento a la Senadora Gabriela Cuevas, impulsora principal de la reforma, así como a los Senadores Burgos y Encinas, presidentes de las comisiones dictaminadoras del Senado de la República.

La reforma en materia de asilo pretende cerrar un capítulo que se dejó abierto desde la reforma constitucional de derechos humanos del 2011 (la transformación más virtuosa que ha experimentado México en la materia en su historia contemporánea). Dicha reforma, transformó para bien 10 de los 11 artículos modificados, con la excepción del que ahora, cinco años después, se enmienda.

Gracias a esta reforma México ingresará al selecto club de países que regulan el derecho a buscar y recibir asilo. Dicha regulación será plenamente consistente con los compromisos internacionales que ha adoptado el Estado mexicano, particularmente los previstos en el artículo 22 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Además, la reforma retomará el avanzando estándar previsto en la ley mexicana sobre refugiados, protección complementaria y asilo político, una de las más avanzadas que existen a nivel mundial.

La reforma supone también la profundización de la noble tradición de brindar asilo que ha caracterizado a México, país que históricamente ha abierto sus puertas a personas que huyen de contextos de conflictos armados, la violencia y la persecución. Algunos ejemplos de esta tradicional política de Estado son la llegada de refugiados tras la Guerra Civil española, el cobijo a quienes huían del régimen nazi, la protección de perseguidos políticos de las dictaduras del Cono Sur, la acogida a familias y comunidades enteras que huían de los conflictos armados en América Central, entre otros.

La reforma no solamente honra una tradición, también responde a una necesidad presente, la que experimenta México hoy en día, en la que el número de personas que huyen de sus países a causa de la violencia y las violaciones a los derechos humanos se ha incrementado y transitan por México o ven a México como un espacio de acogida.

Como funcionario internacional que ha desarrollado gran parte de su servicio en Guatemala, puedo compartirles que dentro de las múltiples razones por las que emigran guatemaltecos y otros centroamericanos se encuentran aquellas que merecen la protección internacional que se refuerza con la reforma constitucional. Pero también, como persona de origen italiano y único europeo en esta mesa, es importante resaltar el mensaje potente de la reforma ante la crisis que se vive en aquella región del mundo y la cual merece una respuesta unida, solidaria, humanista y hospitalaria.

La reforma también es pertinente en el actual contexto legislativo mexicano en el que el Congreso de la Unión debate -y espero pronto apruebe- las leyes generales en materia de tortura y desaparición de personas y la ley reglamentaria del artículo 33 constitucional. Dichas leyes deben garantizar, entre otros contenidos, el principio de no devolución, el cual constituye, en palabras de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, “la piedra angular de la protección internacional de las personas refugiadas y de las personas solicitantes de asilo”.

Termino mi intervención haciendo un llamado respetuoso a los Congresos de los estados a aprobar la reforma a la brevedad posible a efecto de culminar el proceso de modificación constitucional. En esta materia, como en cualquier otra de derechos humanos, no hay razones para ser pacientes.

Evento: Conferencia de prensa / Reforma constitucional en materia de asilo
Lugar: Senado de la República

Fin