Desaparición Forzada

De acuerdo con la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas se entiende por desaparición forzada “el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.”

La desaparición forzada se ha usado a menudo como estrategia para infundir el terror en los ciudadanos. La sensación de inseguridad que esa práctica genera no se limita a los parientes próximos del desaparecido, sino que afecta a su comunidad y al conjunto de la sociedad.

La desaparición forzada se ha convertido en un problema mundial que no afecta únicamente a una región concreta del mundo. Las desapariciones forzadas, que en su día fueron principalmente el producto de las dictaduras militares, pueden perpetrarse hoy día en situaciones complejas de conflicto interno, especialmente como método de represión política de los oponentes. Es motivo de especial preocupación:

  • el acoso de los defensores de los derechos humanos, los parientes de las víctimas, los testigos y los abogados que se ocupan de los casos de desaparición forzada;
  • el uso por los Estados de la lucha contra el terrorismo como excusa para el incumplimiento de sus obligaciones;
  • y la todavía generalizada impunidad por la práctica de la desaparición forzada.

Debe prestarse también especial atención a los grupos de personas especialmente vulnerables, como los niños y las personas con discapacidad.

El 21 de diciembre de 2010, la Asamblea General, en virtud de la resolución A/RES/65/209, expresó su preocupación, en particular, por el aumento de las desapariciones forzadas o involuntarias en diversas regiones del mundo, como los arrestos, las detenciones y los secuestros cuando son parte de las desapariciones forzadas o equivalen a ellas, y por el creciente número de denuncias de actos de hostigamiento, maltrato e intimidación padecidos por testigos de desapariciones o familiares de personas que han desaparecido.

Asimismo, la resolución acoge con beneplácito la aprobación de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y decide declarar el 30 de agosto como el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, que comenzó a observarse en 2011.

Fuente: http://www.un.org/es/events/disappearancesday/

Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, 30 de agosto


MENSAJES 2015:

Ban Ki-moon, Secretario General de la ONU: Las víctimas de desaparición forzada son privadas de su libertad, mantenidas en detención secreta y muy rara vez son liberadas. A menudo su destino permanece desconocido; son frecuentemente torturadas y tienen miedo constante de ser matadas. Incluso si eventualmente son puestas en libertad, las cicatrices tanto físicas como psicológicas permanecen en ellas por el resto de sus vidas. Las familias y seres queridos de las víctimas también sufren una inmensa angustia. Leer más

– “El tiempo apremia” – Expertos de la ONU piden normas globales para la búsqueda inmediata de las personas desaparecidas: GINEBRA (28 de agosto de 2015) -Dos grupos de expertos de las Naciones Unidas sobre desapariciones forzadas llaman a los Estados a establecer y activar protocolos para la búsqueda inmediata de personas desaparecidas en todo el mundo. Leer más

– La ONU-DH hace un llamado para que la ley general sobre personas desaparecidas incluya las legítimas demandas de las víctimas: Ciudad de México, 29 de agosto de 2015.- En el marco del Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, decretado por la Asamblea General de la ONU mediante resolución del 21 de diciembre de 2010 y que se observa a nivel mundial el 30 de agosto de cada año, la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) reitera su pleno respaldo y solidaridad con las víctimas de desaparición y sus familias y les expresa su compromiso de acompañarles en su exigencia al Estado mexicano para que la futura ley general sobre personas desaparecidas atienda sus legítimas demandas de verdad, justicia y reparación. Leer más

Para saber más…

Conoce la Declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.

Descubre qué es el Comité de la ONU contra las Desapariciones Forzadas.

Consulta las Observaciones finales del Comité contra la Desaparición Forzada sobre el informe presentado por México, 2015

Mira el video de la entrevista con Rainer Huhle, miembro del Comité contra las Desapariciones Forzadas:

Aprende qué es el Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias

Este Grupo de Trabajo visitó México en 2011, descarga el Informe de Misión de dicha visita.

Mira el video de la entrevista con Ariel Dulitzky, presidente del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias:

Consulta el Folleto No. 6 / Rev. 3: Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntariasolleto No. 6 / Rev. 3: Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias

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