México: Reformas adicionales y una implementación efectiva son esenciales para prevenir la detención arbitraria generalizada, dicen expertos de la ONU

CIUDAD DE MÉXICO (29 de septiembre de 2023) – México ha logrado avances significativos en la lucha contra la detención arbitraria en los últimos años. Reformas en áreas de derechos humanos, incluida la transición a un procedimiento penal acusatorio, la extensión del amparo a los derechos humanos reconocidos internacionalmente, la Ley Nacional de Ejecución Penal, la introducción de un Registro Nacional de Detenciones y una jurisprudencia cada vez más centrada en los derechos humanos, son logros. “Estos pasos deben consolidarse en beneficio de todas las personas que viven o transitan por México”, dijo el Grupo de Trabajo de la ONU sobre Detención Arbitraria en su declaración al concluir una visita de 12 días a México.

“Sin embargo, la detención arbitraria sigue siendo una práctica generalizada en México y con demasiada frecuencia es el catalizador de malos tratos, torturas, desapariciones forzadas y ejecuciones arbitrarias”, dijeron.

Manifestaron que a pesar de la jurisprudencia del Grupo de Trabajo y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, persiste el uso excesivo de la prisión preventiva, que sigue siendo obligatoria según la Constitución mexicana para una extensa lista de delitos. “El arraigo, aunque su uso está disminuyendo, también está presente en la Constitución. La prisión preventiva obligatoria y el arraigo deben abolirse lo antes posible”, afirmaron las personas expertas.

“Somos conscientes de los enormes desafíos que enfrenta México, especialmente en el contexto del crimen organizado y los esfuerzos hechos por las autoridades en la materia”, señalaron los expertos.

La delegación del Grupo de Trabajo sostuvo que las Fuerzas Armadas mexicanas, la Guardia Nacional y agencias estatales y municipales están frecuentemente implicadas en detenciones arbitrarias. ” Carecen de los controles civiles e independientes necesarios para garantizar la prevención y la rendición de cuentas”, dijeron los expertos.

El Grupo de Trabajo afirmó que el uso excesivo de la fuerza, especialmente desde el momento de la aprehensión hasta que los detenidos son puestos a disposición ante una autoridad judicial, es frecuente.

“En muchos casos, se infligen tortura y otras formas de malos tratos para obtener confesiones y declaraciones incriminatorias”, dijeron los expertos. “Los retrasos entre el momento de la detención de una persona, su puesta a disposición ante el Ministerio Público y su posterior traslado a la autoridad judicial, aumentan el riesgo de graves violaciones de derechos humanos durante este período crítico”.

El Grupo de Trabajo observó además debilidades, incluidos los sistemas de registro de las detenciones; interpretaciones demasiado amplias del delito en flagrancia; acceso insuficiente a asistencia legal efectiva; períodos excesivamente largos de prisión preventiva; ataques a la independencia judicial y al debido proceso; un enfoque demasiado punitivo de la política de drogas; y deficiencias en las condiciones de detención.

El Grupo de Trabajo señaló que le preocupaba especialmente la detención de personas en el contexto de movilidad. “México debe garantizar que la detención de migrantes sea el último recurso, por el menor tiempo posible, luego de una evaluación individualizada, en condiciones dignas y con acceso a asistencia legal”, dijeron las personas expertas.

El Grupo de Trabajo dijo que la detención arbitraria afecta a una amplia gama de personas en México, con riesgos particulares para los grupos vulnerables, incluidos los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, las personas LGBTI+, los adolescentes, las personas mayores y las personas que viven en la pobreza. En particular, las autoridades deben garantizar medidas especiales de protección y un enfoque basado en el género. Nadie debe ser sometido a detención arbitraria.

La delegación del Grupo de Trabajo, integrada por los miembros Matthew Gillett, Ganna Yudkivska y Miriam Estrada-Castillo, visitó la Ciudad de México, Nuevo León y Chiapas. Se reunieron con las autoridades, jueces, comisiones de derechos humanos, representantes de la sociedad civil y otros actores interesados. La delegación visitó 15 lugares de privación de libertad y entrevistó a numerosas personas detenidas. El Grupo de Trabajo agradece a las autoridades mexicanas por su apertura en facilitar la visita y por su voluntad para cooperar con los mecanismos internacionales de derechos humanos.

Se presentará un informe final sobre la visita al Consejo de Derechos Humanos en septiembre de 2024.

Fin

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El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria fue establecido por la antigua Comisión de Derechos Humanos en 1991 para investigar casos de presunta privación arbitraria de libertad. La Comisión aclaró y amplió su mandato para abarcar la cuestión de la custodia administrativa de los solicitantes de asilo y los inmigrantes. En septiembre de 2019, el Consejo de Derechos Humanos confirmó el alcance del mandato del Grupo de Trabajo y lo amplió por un período adicional de tres años. El Grupo de Trabajo está compuesto por cinco expertos independientes de diversas regiones del mundo: la Sra. Priya Gopalan (Presidenta-Relatora, Malasia); Sr. Matthew Gillett (Vicepresidente de Comunicaciones, Nueva Zelanda); Sra. Ganna Yudkivska (Vicepresidenta de Seguimiento, Ucrania); Sra. Miriam Estrada-Castillo (Ecuador) y Sr. Mumba Malila (Zambia).

Base de datos del grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria

El Grupo de Trabajo forma parte de lo que se conoce como Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos. Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes del sistema de derechos humanos de la ONU, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y supervisión del Consejo. Los titulares de mandatos de los Procedimientos Especiales son expertos independientes en derechos humanos nombrados por el Consejo de Derechos Humanos para abordar situaciones específicas de países o cuestiones temáticas en todo el mundo. No forman parte del personal de la ONU y son independientes de cualquier gobierno u organización. Prestan sus servicios a título individual y no reciben un salario por su trabajo.

ONU Derechos Humanos, página del país — México

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