Niños, niñas y familias migrantes nunca deben estar en detención – Expertos de la ONU

GINEBRA (14 de diciembre de 2016) – Los gobiernos deben dejar de colocar a niños y familias migrantes en centros de detención, de acuerdo con un llamado de un grupo de expertos* de derechos humanos de la ONU con motivo del Día Internacional del Migrante, a conmemorarse el 18 de diciembre. La detención de menores ha ido en aumento a la par de discursos retóricos y políticas que buscan criminalizar a personas migrantes en situación irregular, incluyendo a niños y niñas. Sin embargo, no hay nunca una justificación suficiente para tal detención.

Cada día, miles de niños – a veces con sus familias – son encerrados en centros de detención de migrantes en más de un centenar de países de todo el mundo, tanto en países desarrollados y como en países en desarrollo. Tal experiencia puede ser devastadora para un niño y no es una respuesta legítima de acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos.

El Comité de los Derechos del Niño ha señalado que en virtud de la Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño, que ha sido ratificada por 196 Estados, éstos no pueden justificar la detención de niños migrantes sólo por no estar acompañados o estar separados sus familias. Los Estados tampoco pueden justificar la detención de niños sobre la base de que sus padres tienen que ser detenidos y que esa es la única manera de mantener a la familia unida.

Nos preocupa que algunos Estados parecen estar trabajando sobre la errónea suposición de que la detención es en el mejor interés del niño o que la Convención sobre los Derechos del Niño, que permite la detención como medida excepcional en el contexto de la justicia de menores, de alguna manera permite la detención de menores migrantes. También nos preocupan los intentos por justificar la detención de niños migrantes argumentando que es una medida fundamental para prevenir que éstos escapen una vez que están en un país de tránsito o de destino. Esta noción no es compatible con los derechos del niño ni está basada en evidencia.

Seamos claros: la detención de inmigrantes nunca se da en el mejor interés del niño. Esta opinión ha sido expresada en varias ocasiones por el Comité de los Derechos del Niño, el Comité sobre los trabajadores migrantes, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria y el Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes, que han llamado a los Estados para que cese inmediatamente cualquier tipo de detención de niños y familias migrantes. Esta es también la posición de las 22 agencias de la ONU, sociedad civil y organizaciones intergubernamentales- que integran el Grupo de Trabajo Interinstitucional para poner fin a la detención de niños migrantes.

Las razones por las cuales la detención no es en el mejor interés de los menores migrantes son muchas. La más importante es que los niños migrantes en detención serán con frecuencia traumatizados e intentarán entender por qué están, como ellos lo ven, siendo ‘castigados’ cuando no han hecho nada malo. Incluso cortos períodos de detención tienen un efecto adverso y de larga duración sobre el desarrollo de un niño, así como sobre su bienestar físico y mental, y podría agravar traumas anteriores que hubieran experimentado en países de origen o de tránsito.

La detención de migrantes es una clara violación a los derechos del niño y los Estados deben prohibirla legalmente y frenar rápidamente esta práctica por completo. Los Estados deben adoptar alternativas a la detención de niños y sus familias que estén basadas en mecanismos comunitarios y de no custodia. Estas alternativas se adecuan mejor para la vida de los niños, ya sea que se queden en el país huésped, sean reubicados en un tercer país, o sean regresados a su país de origen si ello observa su interés mayor. La prohibición de la migración de niños en relación con la detención y el deber de implementar alternativas debe estar garantizado en la ley y efectivamente cumplido en la práctica.

Los niños migrantes no acompañados deben ser la responsabilidad de los organismos de protección del niño y no de las autoridades migración, y deben ser colocados en sistemas nacionales de atención alternativa, preferiblemente bajo esquemas de cuidado familiar y no de atención institucional. Dichos sistemas deberían gozar de recursos sustanciosos para estar en condiciones de responder a esta nueva tarea. A los niños migrantes no acompañados se les debería asignar rápidamente un tutor legal competente y debidamente capacitado a cargo de proteger su interés superior, e incluso un abogado para que los represente en los diversos procedimientos que podrían enfrentar.

Cuando se consideren medidas alternativas a la detención, los Estados deben asegurarse de que los derechos de los niños son respetados, incluidos sus derechos a la educación, al disfrute del más alto nivel posible de salud, a un nivel de vida adecuado, y al descanso, al esparcimiento y al juego.

Observamos el compromiso de los Estados firmantes de la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes para trabajar para poner fin a la práctica de la detención de niños migrantes. A medida que los pactos globales sobre refugiados y migración se desarrollan, hacemos un llamado a construir un enfoque claro, unificado y compatible con los derechos del niño en este tema, asimismo estamos en plena disposición de apoyar a los Estados en la implementación de este prioritario compromiso. Alentamos a los Estados a intercambiar información sobre las buenas prácticas en las alternativas que ya existen a la detención de niños migrantes.

Los Estados deben tener claras sus prioridades: la protección de los niños y jóvenes y el principio de unidad de la familia es más importante que la protección de las fronteras.

Fin

Traducción no oficial de la ONU-DH México

(*) Los expertos, Relator Espacial sobre los Derechos Humanos de las Personas Migrantes; Sr. François Crépeau; Presidente del Comité para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, Sr. José S. Brillantes; Presidente del Comité de Derechos del Niño, Sr. Benyam Dawit Mezmur; Presidente del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria, Sr. Sètondji Roland Adjovi.

Para mayor información o solicitudes de medios, por favor contactar a: Ilona Alexander (+41 22 928 9845 / [email protected])