Inauguración del Foro en materia de Derechos Humanos – Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024

Buenos días a todas y todos.

Quiero antes que nada externar un profundo agradecimiento al Subsecretario de Derechos Humanos, Alejandro Encinas, y a la Directora de Políticas Públicas de Derechos Humanos, Estefanía Hernández, por la invitación hecha a la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a participar en esta mesa, y a acompañar los trabajos que de este primer espacio resulten.

Hoy en día, es incontrovertible que el respeto por los derechos humanos es un prerrequisito indispensable para salvaguardar y desarrollar la democracia y el estado democrático de derecho, así como para el desarrollo justo e incluyente dentro de cualquier sociedad.

En las últimas décadas, el sistema internacional de derechos humanos ha superado la vieja dicotomía entre derechos civiles y políticos, por un lado, y los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, por otro. A nivel internacional hemos tenido avances importantes – se han desarrollado nuevos instrumentos específicos, entre los más recientes la Convención sobre Desapariciones Forzadas (… un tema que representa un gran flagelo para México) o la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad (… temática en la que México aún no ha logrado salir de la lógica asistencialista y aceptar el nuevo paradigma de empoderamiento), o la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas (… también muy relevante para México). Todos estos instrumentos, los nuevos y los no tan nuevos, tienen que convertirse en eje rector del Plan Nacional de Desarrollo.

A nivel internacional también hemos registrado un desarrollo remarcable de todo un andamiaje institucional cada vez más amplio, desde los órganos de las Convenciones, pasando por los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos (las Relatorías Especiales) hasta el Examen Periódico Universal (EPU), en el cual México pasó recientemente por su tercera revisión. En este contexto quiero reconocer que esta vez México aceptó todas las recomendaciones (menos las que no debían ser aceptadas). Lo importante es que las recomendaciones de los órganos de las Convenciones, de los Procedimiento Especiales y del EPU tienen que orientar las políticas públicas – incluyendo, evidentemente, el Plan Nacional de Desarrollo.

Además, tenemos a nivel institucional avances conceptuales, por ejemplo, el desarrollo de indicadores de estructura, proceso y resultado en derechos humanos que nos permiten mostrar que los avances (o retrocesos) en materia de derechos humanos son medibles, que no se trata de puros ejercicios retóricos, que las políticas pueden (y tienen que) ser basadas en evidencias.

Asimismo, en el plano internacional hemos atestiguado la emergencia de la metodología de desarrollo basado en derechos humanos[1] – una metodología que asume la lógica de que todas las políticas y proyectos de desarrollo tienen que incluir las y los supuestos beneficiarios auténticamente en su diseño, implementación, monitoreo y evaluación. Esto significa que los gobiernos ya no deben decidir desde arriba que algo es bueno porque representa “desarrollo” – entonces, que la palabra “desarrollo” en sí misma ya no es mágica, porque el desarrollo tiene que ser sostenible y sustentable desde la perspectiva ambiental, desde la perspectiva social y desde la perspectiva de derechos humanos. Este es el mensaje central de la Agenda 2030. De hecho, en el ámbito internacional, las llamadas “comunidades” de derechos humanos y de desarrollo están más cercanas que nunca – porque ya sabemos que el desarrollo sin derechos humanos no funciona.

Ahora bien, ¿cómo traducir esos avances del Derecho Internacional de los Derechos Humanos – y la creciente cercanía entre las dos “comunidades”, de derechos humanos y de desarrollo – en la realización de los mismos dentro del Estado? ¿Cómo asegurar que esos derechos protegidos internacionalmente sean una realidad en la vida cotidiana de cada persona?

Claro, el compromiso de los Estados inicia con la ratificación de los distintos instrumentos internacionales. A partir de ese momento, comienza la ardua tarea de adoptar las medidas necesarias para convertir sus contenidos en una realidad. Los Estados deben, por un lado, armonizar su legislación interna con los instrumentos ratificados y, por otro, adoptar políticas públicas, destinar presupuesto y crear los mecanismos que aseguren su cumplimiento. Esta transformación, en un Estado como México, no puede limitarse únicamente al ámbito federal, sino que debe contemplar también a las entidades federativas y a los municipios.

Fue la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de 1993 – misma que afirmó la indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos – el marco en el que los Estados asumieron el compromiso de avanzar decididamente en el campo de las políticas públicas con enfoque de derechos humanos. Así, uno de los acuerdos centrales a los que llegaron fue la necesidad de adoptar planes o programas nacionales de acción en materia de derechos humanos. Todos los países, independientemente del punto de partida en el que se encuentran, se ven en la necesidad de hacer un ejercicio de diagnóstico interno para identificar cuáles son sus fortalezas y sus debilidades, así como para identificar las principales causas que generan las violaciones a los derechos humanos y los principales contextos en los que éstas se presentan. A partir de ese diagnóstico, se requiere diseñar y articular de manera conjunta con la sociedad civil, una estrategia de planeación que ponga al centro a los derechos humanos. Esta planeación deberá contener programas y acciones a corto, mediano y largo plazos que logren articular y dar coherencia a todas sus actuaciones para alcanzar las mejoras progresivas.

Permítanme entonces, por favor, mencionar que es muy grato para la Oficina iniciar con esta nueva administración la cooperación en la elaboración del nuevo Programa Nacional de Derechos Humanos (PNDH). Pero, estando hoy aquí en el contexto de discusión del Plan Nacional de Desarrollo, permítanme también insistir en que el Programa Nacional de Derechos Humanos no deberá ser un documento aislado, un documento en papel para ser mostrado a las instancias internacionales (como lo hemos visto en el pasado); no deberá ser un mero nicho de derechos humanos dentro del gran edificio de las políticas del Estado. Entonces, el Programa Nacional de Derechos Humanos tiene que influir en el Plan Nacional de Desarrollo; debe ser entendido como un documento marco que establece estrategias generales que deberán a su vez traducirse en compromisos y metas específicas para los actores involucrados, de tal suerte que puedan transformar las realidades y superar los retos en derechos humanos.

Es responsabilidad del Estado mexicano generar espacios de diálogo y concertación entre las autoridades de todos los niveles de gobierno con el fin de trabajar conjuntamente con la sociedad civil para lograr superar los retos de derechos humanos presentes en el país. Pues es claro, que una política de Estado de derechos humanos debe sustentarse en la voluntad de todos los actores por avanzar en esta materia.

Mi Oficina ofrece a la Administración Pública Federal en su conjunto, el apoyo técnico necesario a efecto de lograr una verdadera perspectiva de derechos humanos en todo el quehacer gubernamental, y reitera su compromiso de trabajar conjuntamente con el Estado mexicano y con la sociedad civil, toda vez que responde efectivamente a su mandato de promover y proteger el disfrute efectivo y universal de los derechos humanos para todas las personas.

Gracias por su atención.

Fin

[1]

Human Rights Based Approach to Development