Intervención de Jesús Peña en la audiencia de la CIDH “México: Protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas”

28 de febrero de 2024. Buenos días. Mi asistencia hoy a esta audiencia del 189 Periodo de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la “Protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas”, es en mi capacidad como Representante Adjunto de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México. Estoy aquí para proporcionar a la Comisión Interamericana información de forma oral e informal y sin estar bajo juramento, sobre la protección de personas defensoras y periodistas. Nada en mis comentarios debe entenderse como una renuncia, expresa o implícita, de los privilegios e inmunidades de las Naciones Unidas en virtud de la Convención de 1946.

En México quienes defienden nuestros derechos y nos informan corren el riesgo de sufrir ataques que van desde campañas de desprestigio, amenazas o vigilancia, hasta desapariciones y asesinatos.

En concreto, nuestra Oficina documentó entre enero de 2019 hasta la fecha al menos 103 asesinatos de personas defensoras, 41 de periodistas y siete de trabajadores de medios en posible relación con su labor. Adicionalmente, 38 personas defensoras o periodistas fueron desaparecidas (25 de ellas recuperaron su libertad, 13 siguen desaparecidas).

De estas 189 víctimas dos tercios habían sufrido incidentes previos y el 30% habían presentado formalmente denuncias que no fueron adecuadamente consideradas y tramitadas, lo que representa un incumplimiento de las obligaciones de prevenir y proteger. Asimismo, al menos 35 tenían medidas de protección otorgadas por el Estado, 20 de las cuales a través del Mecanismo Federal de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Esta situación de riesgo ha motivado diversas expresiones de preocupación por los mecanismos internacionales[1], la última vez en el Examen Periódico Universal en enero de 2024 con 34 recomendaciones al respecto (sobre un total de 318)[2].

Ante este contexto, el Estado mexicano ha ido desarrollando progresivamente un marco normativo e institucional para atender la problemática. Entre las medidas más relevantes citaría la creación en 2010 de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra de la Libertad de Expresión (FEADLE)[3], en 2012 del Mecanismo de Protección[4]  y en los años siguientes de Unidades Estatales de Protección y otras figuras análogas en algunas entidades, además de fiscalías especializadas en varios estados.

Es oportuno recordar que el Mecanismo de Protección se crea a través de un marco normativo muy avanzado que se debe preservar, en la medida que:

  1. Prevé un esquema de gobernanza participativa que es una referencia internacional de participación ciudadana en política pública y que facilita “decisiones más inclinadas hacia el principio pro persona[5]. El trabajo del Consejo Consultivo ha sido fundamental para que numerosas personas defensoras y periodistas recibieran protección adecuada.
  2. La normativa del Mecanismo reconoce los conceptos de personas defensoras y periodistas conforme a estándares internacionales en la materia.
  3. Y, algo no menor en un país federal, descarta requisitos de fuero del delito como condición para el acceso a la protección.

A este marco se suma recientemente la ratificación del Acuerdo de Escazú[6].

En 2019, a solicitud de la Secretaría de Gobernación, nuestra Oficina presentó un Diagnóstico sobre el funcionamiento del Mecanismo con 104 recomendaciones[7], que fue recibido por las más altas autoridades en la materia[8] e identifica varias necesidades de fortalecimiento. Para el seguimiento de las referidas recomendaciones[9] se estableció “un grupo de trabajo con organizaciones de la sociedad civil” que tiene como objetivos:

  1. Identificar las recomendaciones prioritarias del Diagnóstico;
  2. Impulsar su implementación a través de rutas específicas, indicadores y medios de verificación; y
  3. Transmitir reportes periódicos a la Junta de Gobierno y al Grupo Externo de Observación, integrado por la CIDH.

El próximo mes se cumplirán 18 meses de labores y su primer informe anual resaltó que 27 de las 51 recomendaciones priorizadas tienen avances significativos y tangibles que destacan por su número y carácter estructural[10], tales como:

  1. Fortalecimiento de la coordinación interna;
  2. Incremento del 70% en recursos humanos, con equilibrio de género en las contrataciones;
  3. Más recursos económicos y materiales para poder atender el crecimiento de personas beneficiarias;
  4. Mayor coordinación con entidades federativas;
  5. Mejor información pública disponible, particularmente en redes sociales.

El Grupo de Trabajo ilustra una importante convergencia de voluntades del gobierno y de la sociedad civil para, a través del diálogo constructivo, entablar un proceso participativo y estructurado de fortalecimiento institucional sin precedentes en la historia del Mecanismo. En particular, destacaría la disponibilidad de las organizaciones de la sociedad civil para brindar asistencia técnica y la apertura del Estado para dialogar con la sociedad civil en un auténtico proceso de rendición de cuentas.

Asimismo, se identifican desafíos que siguen impactando en la capacidad del Estado para proveer protección efectiva a las personas defensoras y periodistas, entre los que destacaría:

  1. Las dificultades para incorporar a personas relacionadas con casos colectivos, que estaban en riesgo.
  2. La implementación inadecuada o parcial de diversas medidas, lo que explica, en gran parte, la persistencia de ataques contra personas beneficiarias.
  3. Los desafíos para atender con perspectiva de género y enfoque diferenciado a los grupos en situación de mayor vulnerabilidad.
  4. La limitada atención a las causas que generan el riesgo a través de acciones políticas, de prevención y lucha contra la impunidad. Si bien la Fiscalía General de la República (FGR) es parte de la Junta de Gobierno (y debo reconocer los avances que ha impulsado en el Grupo de Trabajo[11]), la coordinación entre autoridades involucradas en la protección y el acceso a justicia sigue siendo deficiente. Recientemente presentamos un informe que identifica buenas prácticas y desafíos y propone un plan de fortalecimiento para las fiscalías.[12]
  5. Es necesario fortalecer las campañas públicas de reconocimiento de la legitima labor de las personas defensoras y periodistas, cesar los discursos que desprestigian su labor y desarrollar medidas disciplinarias para prevenir agresiones por parte de servidores públicos, que constituyen el 55% de los presuntos perpetradores identificados[13] .
  6. Finalmente, es crucial impulsar la adecuada y activa participación de todas las instituciones que componen la Junta y seguir fortaleciendo la corresponsabilidad institucional. La creación de mecanismos de protección en cada estado no se traduce necesariamente en más seguridad, sino que puede terminar resultando en una difuminación de responsabilidades y disminución de capacidades técnicas, políticas y operativas para implementar la protección.

Es ineludible la necesidad de fortalecer la capacidad del Estado mexicano para proteger a las personas defensoras y periodistas, pero no se puede limitar al Mecanismo; se requiere una política pública integral de protección que involucre de manera más activa a otras instituciones.

En este año de transición, reconocemos el camino ya avanzado en México, particularmente por medio de la apertura y el continuado compromiso demostrado a través del Grupo de Trabajo del Mecanismo. Estos esfuerzos requieren ser complementados con una Política de Estado Integral que garantice el derecho a defender derechos humanos y el derecho a la libertad de expresión.

Para el camino que aún nos falta, cuenten con el apoyo de ONU Derechos Humanos.

 

Fin

[5]

Enunciado en el Artículo 2 del Reglamento de la Ley para la protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas, este principio se caracteriza por la aplicación de la norma o criterio más protector de los derechos humanos o el que menos restringe el goce de los derechos humanos. Disponible en

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LPPDDHP.pdf

[9]

El Grupo de Trabajo se encuentra conformado por las instituciones que componen la Junta de Gobierno (SEGOB, FGR, Secretaría de Relaciones Exteriores-SRE, SSyPC, CNDH y Consejo Consultivo), así como por un consorcio de 14 ONGs especializadas en protección a personas defensoras y periodistas (Espacio OSC), PDP (proyecto de USAID) y la ONU-DH. La Junta de Gobierno estableció una temporalidad de dos años para las labores del Grupo de Trabajo: desde el 30 de septiembre de 2022 hasta el 30 de septiembre de 2024, coincidiendo así con el cierre de la actual administración federal.

En el Quinto Informe de Gobierno 2022-2023 del Presidente Andrés Manuel López Obrador al Congreso de la República del 1 de septiembre de 2023 se menciona, en el apartado sobre “Violencia contra periodistas y personas defensoras de derechos humanos” se refiere que “En septiembre de 2022, se instaló un grupo de trabajo con organizaciones de la sociedad civil para el seguimiento de las recomendaciones emitidas en 2019, por la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos” (página 139). Disponible en https://www.gob.mx/presidencia/documentos/quinto-informe-de-gobierno-344019

[10]

Recomendación 2 (Garantizar la asignación adecuada de recursos humanos, materiales y económicos para la operación del Mecanismo)

Recomendación 4 (Contar con suficiente personal para proteger a las personas beneficiarias y emprender acciones de prevención que favorezcan la construcción de un ambiente seguro y propicio para las labores de defensa de derechos humanos y periodismo. Se deberían garantizar al menos las condiciones para realizar con éxito las funciones de incorporación, reacción a emergencias, evaluación de riesgo, seguimiento, administración y gestión de recursos humanos, vinculación y gestión políticas, comunicación, prevención, transparencia y responsabilidades jurídicas)

Recomendación 13 (Realizar al menos un encuentro anual entre el Mecanismo, la CONAGO y las autoridades estatales para analizar y fortalecer su colaboración)

Subrecomendación 13b (Capacitar periódicamente a las autoridades locales en diferentes materias referentes a la coordinación con el Mecanismo)

Recomendación 71 (Identificar qué herramientas son fundamentales para la realización adecuada del trabajo y garantizar que las y los funcionarios tengan acceso a ellas, tales como el acceso oportuno a internet y el funcionamiento idóneo de los correos institucionales)

Recomendación 72 (Fortalecer el mandato de la persona titular a través de la creación de un rol equiparable al de una secretaría técnica que facilite la coordinación entre áreas y la comunicación con la Junta de Gobierno)

Recomendación 88 (Establecer reuniones periódicas de la CEN para homologar criterios ante casos complejos, presentar avances del trabajo de las unidades y definir la planeación estratégica)

Recomendación 93 (Superar las dificultades para actualizar y ampliar el contenido del sitio web y los obstáculos administrativos que impiden publicar información que se trabaja en materia de prevención, particularmente mapas de riesgo, infografías y demás materiales oportunos para socializar)

[11]

Recomendación 25