Intervención de Jesús Peña Palacios en la audiencia de la CIDH “Situación de las personas privadas de libertad en México”

(14 de julio de 2023) Buenas tardes. Asisto a la audiencia pública del 187° período de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, denominada “Situación de las personas privadas de libertad en México”, en mi capacidad como Representante Adjunto y Oficial a Cargo de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México. Estoy aquí para proporcionar información de forma oral e informal, sin estar bajo juramento, sobre la situación de los derechos humanos de las personas privadas de la libertad en México, concretamente de las personas en prisión. Nada en mis comentarios debe entenderse como una renuncia, expresa o implícita, de los privilegios e inmunidades de las Naciones Unidas en virtud de la Convención de 1946.

Latinoamérica es una región con grandes desafíos sobre los derechos humanos de las personas privadas de la libertad y México no es la excepción. A pesar de un descenso pronunciado en el número de personas en prisión en el periodo de 2014 a 2019, la población carcelaria comenzó a aumentar desde el año 2019, pasando de 197 mil a 228 mil personas hasta diciembre de 2022, según datos oficiales.

El aumento del número de personas que se encuentran en prisión se explica en buena medida por la ampliación de los supuestos de aplicación de la prisión preventiva oficiosa. Esta figura, cuya eliminación ha sido recomendada por múltiples organismos internacionales, incluida esta Comisión, y recientemente ordenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso García y Alpízar, fue ampliada en 2019 a fin de ser también aplicable a delitos tales como robo a transporte de carga, posesión de armas de fuego y delitos relacionados con la corrupción. De siete delitos que antes ameritaban la prisión preventiva oficiosa, se pasó a 16 categorías que involucran varios tipos de delitos, sin que pueda justificarse dicha ampliación por ser una figura violatoria de derechos humanos.

La prisión preventiva oficiosa, además de violar abiertamente el derecho a la presunción de inocencia y a la libertad personal, y vulnerar otros derechos más, somete a los sistemas penitenciarios del país a una elevada presión. Según datos oficiales, de diciembre de 2019 a diciembre de 2022, se pasó de 75 mil a casi 92 mil personas procesadas privadas de la libertad, la mayoría de ellas bajo prisión preventiva oficiosa. Esto ha sometido a los sistemas penitenciarios a situaciones preocupantes, como es el caso del Estado de México que en diciembre de 2022 contaba con una sobrepoblación del 141%.

La sobrepoblación y el hacinamiento son uno de los principales factores que influyen en las condiciones de las cárceles en México. Sobre estas condiciones, la última Encuesta Nacional a Personas Privadas de la Libertad (ENPOL) de 2021 aporta datos preocupantes. El 25.9% de la población carcelaria dijo sentirse insegura en el centro penitenciario y un 25.7% expresó haber sido víctima de atentados contra su integridad en prisión. El 7.5% de las mujeres refieren haber sido hostigadas sexualmente. El 36.2% de las personas mencionan que han sido víctimas de algún acto de corrupción. Asimismo, es motivo de preocupación el significativo aumento del porcentaje de personas en prisión que no reciben visita alguna, debido a que éste es uno de los principales factores para una reinserción adecuada de las personas privadas de la libertad.

Otros ejercicios respaldan lo señalado en la ENPOL. El Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria, que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha emitido anualmente, señala los múltiples retos que existen en los centros penitenciarios del país, como es la situación de autogobierno, que puede llegar a constituir una amenaza para la vida e integridad de las personas en prisión; o bien las condiciones carcelarias, que en muchos casos son violatorias del derecho a la integridad personal. La falta de supervisión en los traslados de personas de un centro a otro también se ha traducido en atentados contra diversos derechos de las personas en prisión.

En atención al tiempo disponible, y considerando las recomendaciones de mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas, destaco cinco prioridades que la Oficina que represento considera que merecen inmediata atención:

Primero: La misma reforma constitucional de 2019 que amplió los supuestos de aplicación de la prisión preventiva oficiosa, estableció que en abril de 2024 esta figura “deberá evaluarse para determinar la continuidad de su aplicación”, estableciendo los parámetros para emprender este ejercicio. Es necesario realizar dicha evaluación con la mayor seriedad, con el involucramiento de la sociedad civil y de organismos internacionales, a fin de poder discutir las formas en que el sistema de justicia pueda cumplir con sus finalidades sin depender de medidas que son violatorias de derechos humanos,

Segundo: En línea con lo anterior, es necesario impulsar la reforma constitucional para eliminar el arraigo, de acuerdo con las recomendaciones de organismos internacionales y lo establecido en las sentencias de la Corte Interamericana en el caso de Tzompaxtle Tecpile y el de García y Alpízar.

Tercero: A fin de acatar el principio de excepcionalidad de la privación de la libertad durante el proceso penal, es necesario fortalecer el sistema de medidas cautelares alternativas a la prisión, así como favorecer salidas alternas como la justicia restaurativa.

Cuarto: México cuenta con un marco legal garantista para la protección de los derechos de las personas en prisión en la Ley Nacional de Ejecución Penal. Ahora es necesario emprender una evaluación sobre la implementación de esta ley y fortalecer las instancias de protección, particularmente los jueces de ejecución.

Quinto: Eliminar el enfoque carcelario que aún prevalece en las estaciones migratorias y hacer de la detención migratoria una medida de último recurso, que sea aplicada por el menor tiempo posible, sujeta a un control judicial efectivo y a una revisión permanentemente.

Es innegable que nuestras sociedades están siendo fuertemente afectadas por la criminalidad. Sin embargo, las respuestas no deben buscarse en las políticas de corte punitivo, sino en aquellas que se basan en el respeto a los derechos humanos de las personas en tanto principio angular de un Estado de derecho y paso determinante en dirección a la paz social.

¡Muchas gracias!

Fin