Palabras de Guillermo Fernández-Maldonado para la presentación del Informe: “Comisiones de búsqueda en América Latina: una apuesta extraordinaria por la integralidad en la investigación”

(6 de octubre de 2021) Muy buenos días. Saludo y agradezco la invitación a la Sociedad Alemana para la Cooperación Internacional, la GIZ, que nos reúne para continuar las reflexiones en torno a la búsqueda de personas desaparecidas en México.

Para la Oficina en México de la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos es de suma importancia alentar el análisis y los diálogos para fortalecer las capacidades de las instituciones encargadas de atender el complejo fenómeno de la desaparición. En este marco, el informe que hoy presenta la GIZ contribuye no sólo con ofrecernos un rico diagnóstico comparativo entre cuatro países de la región, México, Colombia, Perú y El Salvador, sino que es fuente de experiencias, lecciones y recomendaciones para el mejoramiento de las Comisiones de Búsqueda.

De primera mano, la ONU Derechos Humanos ha podido conocer y documentar la problemática de la desaparición de personas en el país, así como en los otros países objeto del estudio. Con base en ello, destacamos que la responsabilidad primigenia para la investigación del delito, la rendición de cuentas de los responsables y la búsqueda de las personas desaparecidas recae en las instituciones de procuración de justicia. Por ello la gravedad de que, y tal como lo señala el informe, existan falencias en el cumplimiento de estas obligaciones de justicia por parte de dichas instituciones.

Usualmente, las Comisiones de Búsqueda de Personas Desaparecidas han surgido en el marco de procesos que ponen fin a un régimen no democrático, como parte de los llamados procesos de transición política. No obstante, en el caso mexicano, han sido los propios movimientos de víctimas quienes han perseverado en su exigencia al Estado para que cumpla con sus obligaciones internacionales con relación al derecho a la vida, la libertad, la justicia, la verdad, la memoria… y la búsqueda.

Las familias y los colectivos de familias han reiterado de manera contundente que la búsqueda de las personas desaparecidas es una respuesta esencial al fenómeno de la desaparición. Sin saber dónde están las personas desaparecidas, no podrán empezar a sanar las heridas que en lo personal, familiar y social ha generado la desaparición.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación de México ha establecido que el derecho a la búsqueda de la persona desaparecida implica que todas las autoridades “en el ámbito de sus respectivas competencias, con todos los recursos y medios institucionales disponibles, y en completa coordinación, ejecuten sin dilación –incluso de oficio– de forma imparcial, dignificante, diligente, exhaustiva, continua, sin estigmatizaciones, con un enfoque diferencial y permitiendo la participación sin reservas de las víctimas, todas las acciones necesarias para determinar la suerte o paradero de la persona reportada como desaparecida, bajo la presunción de que está viva, salvo que exista evidencia en contrario”[1]. Se trata de una clara determinación de la responsabilidad estatal, hoy reconocida tanto en la esfera interna como internacional. Hoy no hay sustento alguno para omitir la búsqueda de la persona que se encuentra desaparecida ni tampoco para no investigar a quien la desapareció.

Creada en 2018, la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas (y desde entonces las Comisiones de Búsqueda en los estados) representa uno de los principales esfuerzos que el Estado mexicano ha hecho para incrementar su capacidad de respuesta a la obligación de búsqueda. Pero debemos reconocer que su esforzado accionar no ogra todavía alcanzar las expectativas de muchas familias de las víctimas. Por ello, es preciso seguir fortaleciendo las capacidades institucionales, jurídicas, científicas y presupuestarias para hacer efectivo el derecho a la búsqueda de las personas desaparecidas, de la mano con las necesidades de las víctimas. También es preciso avanzar ante los persistentes desafíos para lograr una efectiva coordinación interinstitucional, esencial para la efectiva búsqueda de las personas desaparecidas. Para superar las barreras en la coordinación no sólo hacen falta normas sino también voluntad.

Es imprescindible que las víctimas estén en el centro de toda estrategia de las autoridades. Ello no sólo significa utilizar todos los recursos disponibles para la búsqueda inmediata y eficaz, sino incluso transformar aquellas estructuras estatales que permiten llevan a la inacción, la re victimización y la impunidad. Esta centralidad de las víctimas ha sido reiterada por el Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU en sus Principios Rectores para la Búsqueda, y por otros organismos internacionales.

La reflexión que hoy nos convoca debe trascender el papel y servir para hacer realidad instituciones útiles para las víctimas y para la sociedad. La información y el análisis es para la acción. Nunca es tarde para impulsar las acciones de justicia, verdad, reparación y no repetición; nunca es demasiado temprano para emprender estas acciones.

Muchas gracias

Fin

[1]

Primera Sala de la SCJN; Amparo en Revisión 1077/2019, sobre el tema de las Acciones Urgentes del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU.