Declaración del Grupo de trabajo de Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos al final de su visita a México Ciudad de México, 7 de septiembre de 2016
Introducción
En nuestra calidad de miembros del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos, hoy hemos finalizado nuestra visita de diez días a México. Agradecemos al Gobierno de México por su apoyo en la facilitación de esta visita y por su disposición a abordar cuestiones de empresas y derechos humanos.
El objetivo de nuestra visita ha sido identificar iniciativas, oportunidades y desafíos para implementar los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos en México.
Acogemos con satisfacción el compromiso expresado por el Gobierno de México para alinear mejor sus políticas y prácticas con los Principios Rectores sobre empresas y derechos humanos y esperamos que nuestra visita ayude a avanzar en esta dirección.
Durante nuestra visita, nos reunimos con funcionarios de las Secretarías de Relaciones Exteriores; Gobernación; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Economía; Energía; Trabajo y Previsión Social; Turismo; Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Comunicación y Transporte; Hacienda y Crédito Público; de las Comisiones Nacionales para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas; Agua; Hidrocarburos; Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria; Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; y Acuicultura y Pesca; de las Agencias de Seguridad, Energía y Ambiente; y Aeropuertos y Servicios Auxiliares; de la Autoridad Federal para el Desarrollo de Zonas Económicas Especiales; el Fondo Nacional de Fomento al Turismo; la Procuraduría General; la Procuraduría Federal para la Protección del Ambiente; el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación; y el Grupo de Trabajo para el desarrollo del Plan Nacional de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos. También nos reunimos con funcionarios de los estados de Oaxaca, Jalisco y Sonora.
Además, celebramos reuniones con representantes de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y las Comisiones de Derechos Humanos de los estados de Oaxaca, Jalisco y Sonora; miembros del Congreso (cámara de diputados y senadores); representantes de Nacional Financiera (NAFIN); la Bolsa Mexicana de Valores; la Cámara Nacional de Industria Mexicana (CONCAMIN); el sistema de las Naciones Unidas en México; representantes de una amplia gama de empresas (incluyendo Grupo Bal, Grupo Bimbo, Eólica del Sur, CEMEX, Grupo México, Goldcorp, Transcanada, la Comisión Federal de Electricidad; PEMEX); organizaciones de la sociedad civil; defensores de derechos humanos y miembros de las comunidades afectadas.
Durante nuestra visita, tuvimos reuniones y visitamos comunidades en la Ciudad de México, y los estados de México, Oaxaca, Jalisco y Sonora.
En nuestra declaración, nos gustaría exponer algunas observaciones iniciales de nuestra visita. Nuestro informe de misión oficial que será presentado en la 35ª sesión del Consejo de derechos humanos en junio de 2017 incluirá más observaciones y recomendaciones.
Contexto general
Organizaciones internacionales y nacionales y mecanismos de derechos humanos han puesto de manifiesto los graves problemas de derechos humanos que enfrenta México. Niveles críticos de violencia, inseguridad e impunidad contrastan con importantes desarrollos legislativos y políticas públicas promovidas por el gobierno. Además, México se enfrenta a altos niveles de pobreza y desigualdad, con la mitad de la población viviendo por debajo de la línea de la pobreza y desigualdades de ingreso entre regiones y hogares.
El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 del gobierno tiene como un objetivo clave de su política pública “garantizar el respeto y la protección de los derechos humanos y la erradicación de la discriminación”. Este objetivo se refleja también en las reformas constitucionales relativas a la transparencia y acceso a la información pública y nuevas leyes, como la ley para la Protección de los Defensores de los Derechos Humanos y Periodistas, la Ley General de Víctimas y la Ley de Amparo.
Como los Principios Rectores sobre empresas y derechos humanos subrayan, todas las empresas (incluyendo las que son propiedad del Estado) tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos, independientemente de la capacidad del Estado para cumplir con sus obligaciones de derechos humanos. Sin embargo, como vimos durante nuestra visita, las empresas deben hacer mucho más para mantener los estándares de derechos humanos y evitar que busquen beneficiarse de la impunidad, la corrupción y la falta de transparencia y rendición de cuentas.
Ejercicio de debida diligencia en el contexto de los proyectos de desarrollo
De la información obtenida durante nuestra visita, nos quedó claro que las principales preocupaciones sobre violaciones de derechos humanos vinculadas a la empresa están relacionadas con un ejercicio inadecuado de debida diligencia por parte del gobierno y las empresas en el diseño e implementación de proyectos a gran escala. Se trata principalmente de proyectos en los sectores de minería, energía, construcción y turismo que afectan a menudo a las comunidades indígenas.
La información que se nos ha presentado, incluyendo testimonios de miembros de las comunidades afectadas, indica que cuando se producen violaciones de derechos humanos, las quejas no se atienden fácilmente y el acceso a la reparación es difícil para las víctimas. Estas tendencias se reflejan en un documento que nos envió una coalición de más de 100 organizaciones no gubernamentales, que proporciona un resumen de 61 casos de presuntas violaciones de derechos humanos en el contexto de actividades empresariales en diferentes regiones de México.
Hemos podido discutir algunos de los casos en mayor profundidad con los actores involucrados: autoridades federales y estatales, empresas, comunidades afectadas y representantes del Poder Judicial, incluyendo la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Comisión Nacional de Derechos Humanos y las Comisiones Estatales de Derechos Humanos. Creemos que estos casos son ilustrativos de algunas preocupaciones generales.
Caso del proyecto del parque eólico, Oaxaca
En Oaxaca, escuchamos las opiniones de las partes acerca de la ampliación de un proyecto de parque eólico en los municipios de El Espinal y Juchitán de Zaragoza. Siguiendo el patrón de varios casos similares, una orden de amparo solicitada por una Corte Federal detuvo este proyecto de desarrollo a gran escala con una inversión de 780 millones de dólares. En este caso, el Ministerio de Energía (SENER) junto con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) había llevado a cabo un proceso de consulta, durante un período de dos años, con el objetivo de obtener el consentimiento de los pueblos indígenas afectados. En agosto de 2016, la orden de amparo fue revisada y se permitió que el proyecto se reanudara. Sin embargo, un número significativo de pueblos indígenas afectados por el proyecto continúa resistiéndose a esta decisión y un grupo de 1166 miembros de la comunidad buscan la intervención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. De nuestras conversaciones con las diferentes partes de este conflicto, se evidenció que una cuestión importante es la falta general de confianza en las intenciones de la otra parte. Desde la perspectiva de las comunidades indígenas, todo el proceso de consulta fue considerado defectuoso, puesto que ya se habían instalado molinos de viento en la región sin ninguna consulta previa. Por otro lado, representantes de las autoridades del Estado expresaron su frustración de que la orden de amparo hubiera retrasado el proyecto y argumentaron que el juez Federal que ordenó el amparo no conocía la importancia de estos proyectos de energía.
Caso del proyecto de carretera, Xochicuautla
Tuvimos la oportunidad de visitar la comunidad indígena Otomí-Mexica en San Francisco Xochicuautla, Estado de México, cuyos miembros se han estado oponiendo a una orden de expropiación que fue emitida en octubre de 2012 sin ninguna consulta previa. La comunidad se ha visto involucrada en un litigio sostenido con las autoridades del Estado y ha obtenido una orden de amparo solicitando la suspensión de la construcción de una carretera en sus tierras ancestrales. La comunidad también ha presentado una petición a la Comisión Nacional de Derechos Humanos y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y ambas instituciones han solicitado al Estado de México que adopte medidas preventivas para proteger a la comunidad indígena Otomí-Mexica. Sin embargo, a pesar de estas solicitudes y la orden de amparo, se ha continuado con la construcción de la carretera, con la aprobación de autoridades estatales y federales, sin cualquier esfuerzo serio de mediación y consulta. Existen varios informes de acoso e intimidación contra miembros de la comunidad que se han opuesto al proyecto.
Caso del Río Sonora
En Sonora, discutimos el caso del mayor vertido tóxico causado por una mina de cobre, contaminando el Río Sonora y afectando a aproximadamente 22 mil personas, así como ganadería y cultivos, en siete municipios situados a las orillas del río. El Gobierno Federal y la empresa alcanzaron un acuerdo para establecer un fideicomiso, por valor de 2,000 millones de pesos (aproximadamente 108 millones de dólares), para proporcionar la reparación e indemnización de daños y perjuicios causados. La Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado solicitó a la Fiscalía Federal iniciar una investigación de responsabilidad penal contra la compañía, pero no hubo seguimiento. Dado que la cuestión relacionada con la contaminación ambiental es cuestión federal, la Comisión Estatal de Derechos Humanos no tenía mandato para investigar. Por este motivo, el caso habría sido tomado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Las comunidades afectadas plantearon una serie de preocupaciones, relacionadas con la falta de consulta, sobre el uso de la confianza; la percepción de una indemnización determinada arbitrariamente (como ejemplo, la indemnización se otorgaba hasta un número máximo de ganado, independientemente del número de ganado afectado); la falta de transparencia acerca del nivel de contaminación y los planes para la recuperación del río; el descontento que de las 28 plantas de tratamiento de agua que la compañía se había comprometido a construir solamente una había sido finalizada y no era completamente funcional: y que la clínica de salud que la empresa se había comprometido a construir no se había completado.
Cuando planteamos estas cuestiones con las y los representantes de la empresa, nos explicaron que no se había concluido la construcción de las plantas de tratamiento de agua ni la clínica porque habría sido irresponsable hacerlo dado que las autoridades municipales no tenían la capacidad para ejecutar dichos planes. Subrayaron que la compañía había acordado voluntariamente establecer un fideicomiso e incluir reclamaciones para la indemnización de las personas a lo largo de 250 kilómetros del río, en lugar de los 50 kilómetros contemplados por la ley. Lamentaron que las comunidades consideraran que no habían sido adecuadamente informadas, pero recalcaron que era el papel del Gobierno Federal proporcionar dicha información y que parte de la información era confidencial dado el proceso de mediación en curso.
Río Santiago, Jalisco
En Jalisco, el Grupo de Trabajo conoció el caso del Río Santiago, considerado el río más contaminado en México. El río recibe descargas de más de 300 industrias en el corredor industrial Ocotlán-El Salto, uno de los corredores industriales más importantes del país. Una de las zonas más contaminadas del río fluye a través de los municipios de Juanacatlán y El Salto, con un total de 300 mil habitantes. Los efluentes principales se derivan de las industrias metalmecánica y metalúrgica, químico-farmacéutica, electrónica, automotriz, y de alimentos y bebidas. Un estudio realizado por el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) encontró un total de 1090 sustancias tóxicas, productos químicos y metales en el río, principalmente de fuentes industriales. Fue un fuerte impacto ver el río cubierto de espuma y el olor de fuertes gases que se desprende del agua que cae en la cascada, El Salto. Médicos locales citaron un aumento en la incidencia de diferentes enfermedades, incluyendo leucemia, abortos espontáneos y defectos de nacimiento congénitos, entre otros. Como señaló un representante de una de las empresas que operan a lo largo del río, el alto nivel de contaminación era también un problema para aquellas empresas que diligentemente cumplieron con las regulaciones y evitaron contribuir a la contaminación.
Ante la inacción del Estado, las comunidades en el Río Santiago establecieron mesas de “diálogo” para encontrar soluciones con los gobiernos federal y estatal. Con respecto a las demandas de las comunidades, las autoridades llevaron a cabo únicamente acciones correctivas que no solucionaron los problemas de salud pública y contaminación industrial. La única solución que se aplicó fue la creación de dos plantas de tratamiento de aguas residuales que solo tratan las descargas de aguas residuales domésticas de la parte meridional de la zona metropolitana de Guadalajara y no las aguas residuales de las industrias. Las comunidades expresaron su frustración porque sus preocupaciones no se escuchan. A pesar de la evidente exposición a contaminación industrial peligrosa, la carga de la prueba recae en las víctimas que sufren impactos en la salud.
Las autoridades estatales eran muy conscientes del problema, pero subrayaron que se trataba de una cuestión federal y que se llevaron a cabo repetidos esfuerzos para establecer un grupo de trabajo con las autoridades federales que permitiera discutir un plan para la rehabilitación del Río Santiago. También subrayaron que es competencia de las autoridades federales y municipales supervisar el cumplimiento de las normas ambientales.
La necesidad de fortalecer la consulta y el diálogo social
Una característica general de muchos de los casos que se nos presentaron son situaciones de conflicto social donde ambas partes salen perdiendo, de violaciones de los derechos humanos, de pérdidas económicas para los inversores y un debilitamiento de la confianza en el Estado y sus instituciones.
Como subrayan los Principios Rectores, el ejercicio de debida diligencia en materia de derechos humanos debería ayudar a evitar tales situaciones. La consulta adecuada con las comunidades afectadas por las actividades empresariales es un aspecto central del ejercicio de debida diligencia en materia de derechos humanos, puesto que es de gran importancia identificar pronto las preocupaciones y quejas.
Varias de las empresas, con las que hablamos, subrayaron que la consulta con las comunidades indígenas es competencia de las autoridades federales y por lo tanto no es su responsabilidad. En este sentido, nos gustaría hacer hincapié en que las empresas tienen una responsabilidad de evitar causar o provocar impactos adversos para los derechos humanos a través de sus actividades, independientemente de la capacidad o voluntad del Estado para cumplir con sus obligaciones de derechos humanos. En nuestra opinión, las empresas podrían y deberían, en todos los casos, tomar un interés activo en asegurar el ejercicio de debida diligencia en materia de derechos humanos, incluido en sus cadenas de valor, para alcanzar soluciones donde todas las partes ganen o compromisos al menos aceptables.
También nos gustaría hacer hincapié en que el ejercicio de debida diligencia en materia de derechos humanos, establecido en los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos, requiere consulta no sólo con los pueblos indígenas, para quienes se aplican estándares de derechos humanos, sino también con todas las otras comunidades afectadas. Este enfoque también se destaca, por ejemplo, en la Guía de Debida Diligencia para la Participación Significativa de las Partes Interesadas Involucradas en el Sector de Extracción de la OCDE, que subraya el papel de las empresas para evitar y solucionar los impactos negativos para los derechos humanos.
Evaluaciones de impacto ambiental y social
El Grupo de Trabajo fue informado de la limitada capacidad de las autoridades competentes para llevar a cabo inspecciones de control de la contaminación ambiental producida por las empresas. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) es responsable de la inspección y supervisión de 200 mil empresas potencialmente contaminantes de manera, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de la normatividad ambiental, así como evitar y controlar la contaminación ambiental. Para ello sólo tiene 300 inspectores. También existe una restricción con respecto al número de días que los inspectores pueden viajar para llevar a cabo visitas in situ, y tales visitas se anuncian sólo con 24 horas de anticipación, lo que da tiempo para limpiar los sitios de operación antes de las inspecciones.
El Grupo de Trabajo se sintió alentado al conocer la nueva legislación, en el marco de la reforma del sector energético, que incorpora el concepto de desarrollo sostenible. Las nuevas Leyes de Industria Eléctrica y de Hidrocarburos, bajo la reforma del sector energético, incluyen, como requisito para las empresas, llevar a cabo evaluaciones de impacto social con un enfoque basado en los derechos humanos en la realización de sus proyectos. Sin embargo, también hemos escuchado que este proceso generalmente no involucra a las partes interesadas o las comunidades afectadas.
Derechos laborales
Con respecto a los derechos laborales, fuimos informados de algunos de los principales desafíos, incluyendo la situación precaria de los trabajadores contratados temporalmente, falta de acceso a la seguridad social, salarios bajos y un salario mínimo que actualmente se encuentra en un nivel por debajo de la canasta básica de alimentos y no es suficiente para permitir a los trabajadores mantenerse ellos mismos y a sus familias.
Otra cuestión que nos plantearon representantes del gobierno y de la sociedad civil fue la débil capacidad de la inspección del trabajo para vigilar eficazmente el cumplimiento de las normas del trabajo. Igualmente, es difícil llevar a cabo un control eficaz debido a que un 57. 2 por ciento de la fuerza laboral trabaja en el sector informal.
Los sindicatos
Durante nuestra visita, escuchamos varias preocupaciones sobre las restricciones de libertad sindical de los trabajadores. La Comisión de expertos de la OIT ha planteado preocupaciones similares, en particular sobre los llamados “contratos de protección” y los obstáculos que presentan para el ejercicio de la libertad de asociación.
Un contrato de protección es el acuerdo suscrito entre un empleador y un dirigente sindical, a menudo sin la participación de los trabajadores y sin su conocimiento. Varios testimonios de sindicalistas se refirieron a ejemplos de despidos de trabajadores que se unieron o formaron sindicatos independientes
Jornaleros agrícolas y trabajadores migrantes
Otro desafío clave se refiere a la situación de jornaleros y peones trabajando en grandes plantaciones. Su dramática situación es confirmada por las estadísticas oficiales: de un total de 2,42 millones de jornaleros y trabajadores agrícolas (que componen el 44 por ciento de la mano de obra agrícola total), más de 800.000 (34 por ciento) no reciben ninguna remuneración, mientras que otros 750.000 (31 por ciento) sólo ganan el salario mínimo o incluso menos.
Una parte significativa de los jornaleros agrícolas son trabajadores migrantes, la mayoría de los cuales migran desde estados del sur hacia el norte, siguiendo las temporadas de cosecha. La Comisión Nacional de Derechos Humanos ha documentado varios casos de condiciones de trabajo abusivas de jornaleros migrantes que viajan a menudo con sus hijos. Fuimos informados de que SAGARPA junto con otras agencias de gobierno han iniciado un esfuerzo intersectorial para fortalecer la supervisión de las condiciones laborales de jornaleros agrícolas.
Trabajo infantil
En México, el trabajo infantil sigue siendo una preocupación mayor. Según las estadísticas nacionales (datos de 2015), unos 2,48 millones de niños y niñas en México participan en una actividad económica, de los cuales más de 1 millón (41.1%) son menores de 15 y 900 mil (36%) no asisten a la escuela. En 2015, México ratificó la Convenio no. 138 de la OIT (1973) sobre edad mínima de admisión al empleo que consolidó la reforma del artículo 123 de la Constitución, aumentando la edad mínima de admisión al empleo de 14 a 15 años.
El Plan Nacional de Desarrollo (2013-2018) incluye como objetivo de su política la erradicación del trabajo infantil. En 2013, se estableció una Comisión Intersecretarial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección de Adolescentes trabajadores en Edad Permitida en México. Su finalidad es la coordinación de los organismos de la Administración Pública Federal en el diseño, implementación y evaluación de políticas, programas y acciones en la prevención y erradicación del trabajo infantil y para la protección de adolescentes trabajadores en edad permitida, basado en la normativa aplicable.
Personas con discapacidad
Otro reto en México es incluir a las personas con discapacidad en el mercado laboral. Según las estadísticas nacionales, la tasa de participación de las personas con discapacidad es de 39.1 por ciento, 25.6 por ciento menos que las personas sin discapacidad. Mientras observamos la existencia de un Consejo Nacional para el desarrollo y la inclusión de las personas con discapacidad y una Ley General para la inclusión de las personas con discapacidad (2011), parece que se hace poco esfuerzo para lograr que las empresas contraten a personas con discapacidad. En este sentido, el Grupo de Trabajo alienta al Gobierno a dar seguimiento a las recomendaciones formuladas por el Comité de los derechos de las personas con discapacidad para poner en práctica medidas de acción afirmativa en los sectores público y privado.
Género
La discriminación de género en el empleo es un problema grave. Según la OIT, la participación laboral de las mujeres (42,2 por ciento) no es sólo la más baja entre los países de la OCDE, sino que también es la más baja en toda América Latina. La tasa de empleo para las mujeres es de 44.6 por ciento, 33,5 puntos porcentuales menos que los hombres y la brecha salarial entre hombres y mujeres asciende al 18.3 por ciento.
Entre 2011 y 2016, la Comisión Nacional para la prevención de la discriminación (CONAPRED) recibió 1.726 denuncias presentadas por mujeres, entre las cuales 73% se refieren a actos de discriminación laboral o discriminación en el lugar de trabajo. Según un reciente informe, el 20 por ciento de las mujeres indicó haber sido sometida a acoso sexual en el lugar de trabajo, mientras que el 15 por ciento había sido requerido por sus empleadores a presentar pruebas de embarazo.
La discriminación que sufren las mujeres también se refleja en un bajo número de mujeres en posiciones de decisión tanto en el sector público como privado. Menos del 5% de las empresas registradas en la Bolsa Mexicana de Valores tiene una mujer CEO.
Defensoras y defensores de derechos humanos
Entre 2010 y 2014, se han reportado un total de 615 casos de violaciones a derechos humanos cometidas contra defensoras y defensores de derechos humanos, incluyendo 36 asesinatos. Varios relatores especiales de Naciones Unidas han instado al Estado mexicano a tomar medidas urgentes para enfrentar esta alarmante situación.
El grupo de trabajo escuchó testimonios de personas defensoras de derechos humanos quienes expresaron que continúan recibiendo ataques, amenazas, diversas formas de acoso y agresiones en su contra como resultado de su labor de proteger y promover los derechos humanos. Las y los defensores medioambientales y líderes indígenas han sido particularmente blanco de ataques cuando han mostrado oposición a proyectos de desarrollo.
Reconocemos que el Gobierno ha dado pasos importantes en la protección de defensoras y defensores de derechos humanos, garantizada por el Mecanismo Nacional de Protección de Defensores de Derechos Humanos y Periodistas (actualmente el mecanismo protege a 465 defensores y periodistas). Sin embargo, con demasiada frecuencia los casos permanecen impunes, sin sanciones ni investigaciones efectivas. Hay una urgente necesidad de que desde el gobierno y las empresas se reconozca públicamente el papel fundamental de las y los defensores de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil y adoptar una postura firme contra los casos de ataques e intimidaciones.
Acceso a recursos efectivos
El procedimiento de amparo sirve como un último recurso para la protección de las personas contra las violaciones de derechos humanos garantizados en la Constitución Nacional y en los tratados internacionales de los que México es parte. El objetivo de un amparo es restituir los derechos violados y obligar a la autoridad correspondiente a respetar estos derechos.
Un cambio introducido por la ley de Amparo en el año 2013, es que cualquier persona jurídica puede ser considerada una autoridad responsable por acciones u omisiones que afectan negativamente los derechos de un tercero. En otras palabras, una sentencia de amparo puede en principio ser emitida contra acciones u omisiones de una empresa, aunque no hay todavía ningún precedente.
El gran número de amparos en casos de vulneración de derechos humanos por parte de las empresas, es una clara indicación de que otros medios de solución de controversias o mediación no están surtiendo resultados, pues el acceso a los tribunales normalmente debería una medida de último recurso.
La figura del amparo tiene a su vez ciertas limitaciones. Las más graves siendo que las sentencias de amparo a favor de personas agraviadas no se cumplimentan, a pesar de que tal incumplimiento es claramente ilegal. Otra limitación es que el procedimiento de amparo no es de fácil acceso y normalmente requiere de la intervención de organizaciones no gubernamentales que voluntariamente brinden asistencia jurídica a las víctimas.
Comisión Nacional y Comisiones estatales de derechos humanos
La Comisión Nacional de derechos humanos y las comisiones estatales de derechos humanos actualmente no tienen un mandato para tratar directamente con los casos de violación a derechos humanos relacionados con actos u omisiones de las empresas. Más bien, lo hacen de manera indirecta mediante el señalamiento de actos u omisiones de autoridades públicas en tales casos. La Comisión Nacional y las comisiones estatales con quienes nos encontramos en Oaxaca, Jalisco y Sonora, han publicado varias recomendaciones relacionadas con la conducta de las empresas.
El grupo de trabajo está particularmente contento de ver que la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha tomado los principios rectores completamente a bordo. La Comisión ha publicado un folleto sobre los principios rectores y ha activamente buscado crear conciencia entre las empresas sobre la importancia de la debida diligencia. La Comisión juega un papel privilegiado para llevar a cabo dicha campaña de sensibilización y facilitar el diálogo entre las diferentes partes.
Conocimiento general de los principios rectores de las Naciones Unidas
De las diversas conversaciones sostenidas, nuestra impresión es que la conciencia entre las empresas sobre la expectativa de la debida diligencia en materia de derechos humanos establecida en los principios rectores es baja. Cada vez más, las empresas grandes hacen informes anuales de sostenibilidad, pero en esta visita no vimos ejemplos de esos informes que demuestren que de la debida diligencia está integrada en las operaciones de la empresa. Varias empresas son integrantes de la red local del Pacto Mundial y suscriben sus 10 principios sobre derechos humanos, trabajo, medio ambiente y lucha contra la corrupción.
Hemos encontrado por otro lado, que había cierta conciencia sobre la agenda de empresas y derechos humanos entre los organismos de gobierno, y también encontramos referencias a los principios rectores en el material de información pública. Sin embargo, el gobierno debe establecer expectativas más claras de que las empresas respeten los derechos humanos y pongan en marcha procedimientos que garanticen la debida diligencia.
En su propia capacidad como actor económico – por ejemplo, a través de licitaciones públicas, las empresas de propiedad de los Estados y los bancos nacionales de desarrollo-, el estado debe liderar con el ejemplo y asegurar que de la debida diligencia en materia de derechos humanos está integrada en la política y la práctica.
Plan Nacional de Acción
El Programa Nacional de Derechos Humanos 2014-2018, incluye por primera vez una referencia explícita a la promoción de los derechos humanos en las políticas y actividades de las empresas. En particular, incluye cinco líneas de acción (estrategia 4.4) con el objetivo de: a) Fortalecer los mecanismos dirigidos a garantizar el respeto a los derechos humanos en las empresas y el sector privado; b) Fomentar que las empresas difundan los derechos humanos y los incluyan en sus declaraciones de principios, códigos y políticas; c) Impulsar el enfoque de derechos humanos en la responsabilidad social empresarial; d) Promover que la legislación que regula a las empresas garantice el respeto a los derechos humanos; y e) Coadyuvar a que las empresas conozcan sus obligaciones en materia de derechos humanos respecto a sus trabajadores y usuarios.
Como paso principal hacia la consecución de dichos objetivos, se inició un proceso en diciembre de 2015 para el desarrollo de un Plan Nacional de Acción (PNA) sobre Empresas y Derechos Humanos. Nosotros, como Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, hemos alentado activamente estos esfuerzos y celebramos ampliamente su desarrollo.
El proceso del PNA está abriendo nuevos caminos mediante el establecimiento de una plataforma de diálogo entre gobierno, empresas y sociedad civil. También está contribuyendo al impulso de las políticas públicas y planes de acción sobre empresas y derechos humanos en la región.
Seguiremos de cerca este prometedor proceso, que esperamos ayude a inculcar una cultura de diálogo entre el Estado, las empresas y la sociedad civil. En este sentido, animamos a la ampliación de integrantes del grupo del PNA de tal suerte que se incluyan las principales asociaciones empresariales nacionales, los principales sindicatos sectoriales, así como representantes de las comunidades indígenas.
Para que el proceso del PNA tenga éxito, será fundamental mantener su naturaleza inclusiva y multi-actor inclusive en la ejecución y supervisión de la implementación. También, para evitar el riesgo de convertirse en una mera declaración de buenas intenciones, el PNA debe estar anclado en una evaluación realista de los múltiples desafíos y debe establecer líneas de acción específicas, medibles y alcanzables.
Observaciones finales
Para terminar, nos gustaría hacer algunas observaciones generales sobre los retos que deben abordarse con el fin de proteger mejor los derechos humanos en el contexto de las operaciones empresariales en México.
Por un lado, estamos contentos de ver que hay un compromiso por parte del gobierno mexicano para avanzar en la agenda de derechos humanos y empresas. Sin embargo, se requiere de mayores esfuerzos para cambiar políticas, prácticas, pero también mentalidades para fomentar una cultura de transparencia, integridad, comportamiento ético y valores democráticos. Nos gustaría resaltar también la necesidad de que el gobierno dé el ejemplo. El proceso de elaboración del Plan Nacional de acción sobre empresas y derechos humanos es una gran oportunidad para traducir la voluntad política en acciones reales, permitiendo al Gobierno ejercer liderazgo.
Como el principio de la debida diligencia es el núcleo de los principios rectores las Naciones Unidas sobre empresas y derechos humanos, la prevención de daños o perjuicios con suficiente anticipación debería conducir a una situación de ganar-ganar pues se evitarían impactos negativos. Por lo tanto, siguiendo este enfoque, es relevante tener en cuenta que no todos los proyectos de inversión pueden considerarse viables.
Una cuestión primordial que observamos, es la ausencia de un marco de política coherente para la debida diligencia y la inadecuada implementación de las leyes y reglamentos; un problema que se agrava por la complejidad de la superposición de competencias de los tres niveles de gobierno: Federal, estatal y municipal.
También destacamos la necesidad de diseñar e implementar mecanismos efectivos de consulta con todos los actores, fortaleciendo una cultura de diálogo social. En un país multicultural como México, este diálogo debe incluir, en particular, a los pueblos indígenas. Siguiendo las mejores prácticas, esta consulta debería tener lugar en la etapa más temprana de cualquier proyecto de desarrollo y debe asegurar que sea previa, libre e informada de acuerdo con los estándares internacionales.
Periodistas y personas defensoras de derechos humanos deben ser mejor protegidas para que puedan llevar a cabo su papel crucial de defender los derechos humanos. Frente a ataques generalizados e intimidación contra personas que defienden los derechos humanos, los funcionarios de alto nivel del gobierno, así como las y los CEO de las empresas deben tomar una postura clara de que la intimidación y los ataques contra personas defensoras de derechos humanos no son aceptables y no serán tolerados.
También vimos pruebas de la censura y sanción contra periodistas de investigación que han expuesto conflictos de interés y corrupción. Hay una necesidad de restablecer la confianza en el sistema jurídico. Si bien los tribunales en muchos casos han sido capaces de proteger los derechos de las víctimas, también hay casos de órdenes judiciales que no se respetan.
A pesar de los desafíos que se tienen por delante, nos anima saber del compromiso por parte del gobierno mexicano para avanzar en la agenda de empresas y derechos humanos. También nos sentimos alentados por el hecho de que hay una sociedad civil próspera en México que hará posible progreso.
Fin