Premio de Sentencias: Acceso a la Justicia de Personas Migrantes o Sujetas de Protección Internacional 2019

A todos los órganos impartidores de justicia del Continente Americano a participar en el Premio Sentencias Acceso a la Justicia de Personas Migrantes o Sujetas de Protección Internacional.

I. OBJETIVO

Visibilizar aquellas sentencias que se han emitido bajo las más altas normas y estándares en derechos humanos, así como las buenas prácticas que han servido para garantizar el acceso a la justicia y el goce efectivo de los derechos humanos de las personas migrantes o sujetas de protección internacional en las Américas.


II. BASES DE PARTICIPACIÓN PARA SENTENCIAS

Características de las sentencias:

  1. Las sentencias deberán haber sido dictadas por un órgano impartidor de justicia -no únicamente del Poder Judicial – del Continente Americano.[1]
  2. Las sentencias deberán haber sido dictadas entre el período comprendido de enero del 2010 a la fecha de cierre de la presente convocatoria.
  3. Se admitirán todo tipo de sentencias, a pesar del estado procesal en el que se encuentren. La evaluación y eventual premiación de una sentencia no definitiva e impugnable, no compromete ni vincula la decisión en instancias posteriores.
  4. Todos los datos personales de las partes que intervinieron en el litigio deberán ser omitidos; las sentencias deberán tener el carácter de información pública de acuerdo con la normatividad referente a la transparencia y acceso a la información de los países en que fueron emitidas.
  5. Tanto personas físicas, organizaciones de la sociedad civil, instituciones educativas,como los órganos impartidores de justicia podrán participar en el certamen proponiendo y enviando sentencias. Sólo en los tres primeros casos (sentencias recibidas por personas físicas, organizaciones de la sociedad civil o instituciones educativas) se hará del conocimiento del órgano impartidor de justicia que hubiera emitido la sentencia el hecho de que ésta ha sido propuesta para concursar.
  6. El premio le será otorgado al impartidor o impartidora de justicia que haya dictado la sentencia.
  7. Las sentencias deberán haber sido pronunciadas en inglés o español, o bien haber sido traducidas a dichos idiomas.

Las sentencias concursantes deberán ser enviadas en formato PDF o Word y hacerse acompañar de un documento que justifique y que incluye los requerimientos que a continuación se enlistan, mismo que no deberá exceder de dos cuartillas, escrito en español o en inglés, en letra Arial de 12 puntos, interlineado sencillo (1.0 líneas):

Datos generales de la sentencia (máximo una cuartilla):

  1. País donde fue emitida la sentencia.
  2. Órgano que emite la sentencia.
  3. Nombre/s de las personas que dictaron la sentencia.
  4. Instancia procesal en la que se emite la sentencia.
  5. Materia de procedimiento.
  6. Número de expediente.
  7. Fecha de la sentencia.
  8. Derechos materia de análisis.
  9. Ordenamiento jurídico objeto del pronunciamiento.
  10. Instrumento y/o criterio internacional invocado.
  11. Medidas de reparación integral adoptadas (cuando corresponda).
  12. Votación por la que fue adoptada (cuando corresponda).
  13. Votos concurrentes o disidentes (cuando corresponda).
  14. Otro elemento de la sentencia que se considere relevante.

Particularidades de la sentencia (máximo una cuartilla):

  1. Extracto de los hechos y fundamentos de la sentencia (máximo media cuartilla).
  2. Justificación que exponga los motivos por los que se considera que la sentencia fue emitida con perspectiva de Derechos Humanos, enfatizando el Derecho de Acceso a la Justicia de Personas Migrantes o Sujetas de Protección Internacional (máximo media cuartilla).
  3. Deberá indicarse las fojas en donde se encuentra el argumento principal por el cual se propone la sentencia.

En caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos 15,16 y 17, la solicitud se tendrá como no presentada.

III. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

Las sentencias que se ingresen, deberán presentarse a más tardar el 2 de agosto de 2019 por los medios y vías que a continuación se detallan (PRORRÓGA al 18 de agosto):

Las sentencias deberán ser enviadas a la dirección de correo electrónico siguiente: [email protected]
2.No se aceptarán documentos impresos.
Los premios a las sentencias galardonadas serán entregados durante el Quinto Foro Regional en Materia de Migración y Protección Internacional, a realizarse en

IV. JURADO

Las sentencias serán evaluadas por un jurado aprobado por los organismos convocantes.

El fallo de las personas integrantes del jurado será inapelable. Los nombres del jurado se darán a conocer una vez concluido el proceso.

V. PREMIO

Se premiarán cuatro sentencias que defina el jurado calificador, las cuales recibirán:

  • Primer lugar: Diploma, estatuilla y el pago de gastos de una persona[2] para asistir a la ceremonia de premiación, en caso de que la persona ganadora no resida en la Ciudad de México.
  • Segundo lugar: Diploma, estatuilla y el pago de gastos de una persona* para asistir a la ceremonia de premiación, en caso de que la persona ganadora no resida en la Ciudad de México.
  • Tercer lugar:Diploma, estatuilla y el pago de gastos de una persona* para asistir a la ceremonia de premiación, en caso de que la persona ganadora no resida en la Ciudad de México.

Se contempla la posibilidad de otorgar “Menciones Especiales” a aquellas sentencias que si bien no alcancen los méritos para obtener un premio, por su calidad argumentativa o utilidad del proyecto sean dignos de distinguirse. Se cubrirán los gastos para asistir a la ceremonia de premiación, en caso de que la persona ganadora no resida en la Ciudad de México.

Asimismo, se podrá entregar un reconocimiento a la organización o a la parte litigante que por sus acciones legales y argumentos que se hayan incorporado a la respectiva sentencia y que por tanto contribuyeron a mejorar el acceso a la justicia de las personas migrantes o sujetas de protección internacional.

Para los efectos del párrafo anterior, será el jurado el que determine el otorgamiento de este reconocimiento con base en las sentencias inscritas en el concurso.

Los ganadores obtendrán:

Un reconocimiento público durante la ceremonia de premiación.
La difusión de las resoluciones premiadas en los sitios web de los convocantes.
La publicación de las sentencias o un extracto de las sentencias en las memorias del Premio a Sentencias 2019, las cuales tendrán una amplia difusión en todo el continente.
La posibilidad de participar en foros regionales presentando las sentencias galardonadas.

VI. INFORMACIÓN GENERAL

Cualquier incumplimiento con los requisitos antes citados ocasionará la descalificación.

Todos los asuntos relacionados con la presente convocatoria serán resueltos por vía electrónica: [email protected]

* Instituciones convocantes:

  • Asociación Mexicana de Impartidores de Justicia, A.C. (AMIJ)
  • Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)
  • Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF)
  • Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH)
  • Hispanics in Philanthropy (HIP)
  • Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONUDH)
  • Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)
  • ONU Mujeres
  • Relatoría sobre los Derechos de los Migrantes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
  • Sin Fronteras, I.A.P
    >> Descarga los bases en PDF

[1] Canadá, Estados Unidos, México, Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Costa Rica, Cuba, Dominica, El Salvador, Granada, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, Nicaragua, Panamá, Puerto Rico, República Dominicana, San Cristóbal y Nevis, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Trinidad y Tobago, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay, Venezuela.

* En caso de tratarse de una sentencia dictada de manera colegiada el Tribunal ganador designará una persona para recibir el premio.

Fin