Opiniones adoptadas por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria en su 72° período de sesiones – Opinión sobre Librado Jacinto Baños Rodríguez

El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria fue establecido por la antigua Comisión de Derechos Humanos mediante su resolución 1991/42. El mandato del Grupo de Trabajo fue aclarado y prorrogado por la Comisión en su resolución 1997/50. El Consejo de Derechos Humanos asumió el mandato en su decisión 2006/102 y lo prorrogó por tres años mediante su resolución 24/7, de 26 de septiembre de 2013 . Actuando de conformidad con sus métodos de trabajo (A/HRC/16/47, anexo), el Grupo de Trabajo transmitió la mencionada comunicación al Gobierno.

Descarga el informe en PDF

Fin