Palabras de Jan Jarab – 5to Foro regional en materia de migración y protección internacional

Barreras en el acceso a los DESCA para las personas en situación de movilidad humana

Muy buenos días a todas y todos,

Es un honor y un placer estar aquí hoy con ustedes, participando en el 5to. Foro regional en materia de migración y protección internacional. Agradezco a todas las organizaciones co-convocantes por su esfuerzo colectivo entre órganos jurisdiccionales, organismos y agencias internacionales y actores de la sociedad civil. Quiero expresar mi satisfacción de que el trabajo en el tema de acceso de las personas en situación de movilidad se está consolidando y expandiendo año con año.

El tema del foro es sumamente importante porque sabemos que las personas en situación de movilidad enfrentan enormes obstáculos para acceder a los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) y que esto depende mucho de su estatus migratorio. Claro, las personas migrantes en situación regular también se pueden enfrentar a restricciones legales injustas, a conductas arbitrarias y discriminatorias, a obstáculos burocráticos en su acceso a los DESCA. Pero los desafíos aumentan mucho cuando se trata de solicitantes del estatus de refugiado y otras personas que necesitan protección internacional, de personas migrantes en situación irregular o de desplazados internos.

El rol del poder judicial es clave, y desde la Oficina, tenemos el evidente interés de ver los estándares internacionales de derechos humanos reflejados en las sentencias, en el trabajo de órganos jurisdiccionales.

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Social y Culturales, la Convención sobre los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares y otros instrumentos internacionales de derechos humanos protegen también los derechos de las personas migrantes en situación irregular – y muchas recomendaciones internacionales, de los órganos de control de estos tratados y de la Relatoría especial para los derechos de las personas migrantes están enfocadas en la garantía de los derechos de esta categoría de personas. Sin embargo, los países frecuentemente se niegan en la práctica a garantizar los derechos de las personas migrantes en situación irregular. Y aunque en la mayoría de los países la estancia irregular en el territorio no constituye un delito sino una mera infracción administrativa, el trato que reciben las personas en esta condición muchas veces corresponde a una “criminalización de facto”. El estatus migratorio se está interpretando en la práctica como la característica más importante, la información que prevalece sobre otras consideraciones… y sobre sus derechos.

Incluso se aplica esta lógica en casos de los niños y niñas, en los cuales el Comité de los Derechos del Niño se ha pronunciado reiteradamente que la condición de ser un niño y todos los derechos garantizados por la Convención sobre los Derechos del Niño deben de prevalecer sobre cualquier consideración del estatus migratorio. El asunto fue resumido en 2017 por las observaciones generales conjuntas del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares (No. 3 y 4) y del Comité de los Derechos del Niño (No. 22 y 2) sobre las obligaciones de los Estados relativas a los derechos humanos de los niños y niñas en el contexto de la migración internacional. Los Comités abordaron varios derechos económicos y sociales – por ejemplo, los derechos a la salud y a la educación, afirmando que las y los niños migrantes deben tener el mismo acceso que los nacionales en el acceso a la salud y a la educación, sea cual fuere su situación migratoria.

Evidentemente, las restricciones de acceso a los DESCA no son sólo un problema de la región latinoamericana, sino de varias partes del mundo donde se ven políticas cada vez más restrictivas – políticas que no corresponden al espíritu del recién adoptado Pacto mundial para la migración segura, ordenada y regular. Las políticas enfocadas en la mera contención no ofrecen la posibilidad de migración segura, sino más bien empujan a las personas migrantes aún más en la ilegalidad, lo que no sólo complica el acceso de los DESCA, pero además coloca a las personas migrantes en riesgo de violencia por parte de elementos criminales.

La relatoría especial de la ONU sobre los derechos de las personas migrantes destaca desde años que el acceso a los servicios sociales, de la salud y de educación – así como el acceso a la seguridad y justicia – debe de ser protegido por herramientas legislativas y prácticas que no permiten que la persona sea presentada a los órganos de control migratorio cuando accede a estos servicios. Sólo así se puede garantizar que las personas en situación irregular acceden a los servicios que necesitan sin miedo de ser denunciadas, detenidas y deportadas.

Por eso es muy importante visibilizar las mejores prácticas judiciales en favor del acceso a los DESCA y a la justicia para la población en movilidad. Y es esperanzador el creciente involucramiento del poder judicial en la agenda de los derechos de las personas en el contexto de la movilidad. Pero también es importante insistir en el desarrollo de políticas públicas que prevengan la transgresión de derechos y respeten y protejan los derechos de la población migrante, sujeta de protección internacional o desplazada, para que el poder judicial no necesite intervenir.

Permítanme, por favor, terminar con algunas observaciones sobre la situación en México. Hace un año, en el contexto de la edición anterior de este foro, dije que el cambio de Gobierno ofrecía una oportunidad de empezar a construir una política distinta, con un enfoque de derechos humanos. Hay que reconocer que se hizo tal intento – pero que, dado la coyuntura internacional, sobrevivió tan sólo unos pocos meses. Hoy tenemos migrantes detenidos cuyo derecho a la salud se ve comprometido no sólo por las condiciones en los centros de detención, sino también por la insuficiente atención del personal de salud; niñas y niños que permanecen detenidos y no tienen acceso a la educación; migrantes extracontinentales desesperados en la frontera Sur que se encuentran en condiciones muy precarias; y muchos otros desafíos. Todo esto necesita cambiar – y el poder judicial tiene que ser parte de la solución, ejerciendo el control efectivo.

Muchas gracias por su atención.

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Fin